REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, diecinueve de febrero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: OP02-V-2012-000412
PARTES: EDEICYS DEL PILAR GONZALEZ titular de la cédula de identidad N° V-14.055.433 contra el ciudadano MANUEL ALFREDO WEITSTRUCK, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.415.166.

MOTIVO: REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION (Desistido)

BENEFICIARIOS: hermanos (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de 14 y 6 años de edad.

En el día de hoy, 19-02-2013 , siendo las 9:00 am oportunidad para que tenga lugar el inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud de REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana EDEICYS DEL PILAR GONZALEZ titular de la cédula de identidad N° V-14.055.433 contra el ciudadano MANUEL ALFREDO WEITSTRUCK, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.415.166 en beneficio de los hermanos Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de 14 y 6 años de edad.- Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil Alexander Rada habiéndose constatado la presencia de la parte demandada debidamente asistido por la abogada Lilia González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 152.538, se constituyen en el Despacho del Tribunal Quinto de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la Jueza Liz Verónica López y la secretaria Yvette Moy. Se deja constancia que se encuentra presente la defensora pública MAGYULYS MONTES- Seguidamente se inicia la audiencia concediéndole la palabra a la parte presente quine expone: Solicito el desistimiento de la acción debido a la incomparecencia de la parte actora, no obstante, subiré la obligación de manutención a Bs. 800,00. En consecuencia, En virtud de la incomparecencia de la demandante EDEICYS DEL PILAR GONZALEZ titular de la cédula de identidad N° V-14.055.433 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana EDEICYS DEL PILAR GONZALEZ titular de la cédula de identidad N° V-14.055.433 contra el ciudadano MANUEL ALFREDO WEITSTRUCK, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-15.415.166 y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:


No hay condenatoria en costas.

Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los diecinueve (19) días del mes de febrero del año 2013. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza


Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Yvette Moy
En la misma fecha, siendo las10:25 am se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg Yvette Moy