REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, seis (06) de febrero de dos mil trece (2013)
Años: 202º y 153º


ASUNTO: OP02-L-2012-000018.-


PARTE ACTORA: Ciudadano FRANKLIN GIOVANNY RAMIREZ VELASCO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro V- 15.507.678.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada en ejercicio ALEXANDRA RIVAS OLIVERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 149.242.-
PARTE DEMANDADA: la sociedad mercantil R&M DISTRIBUCIONES, C.A., debidamente registrada ante el registro mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 28 de Noviembre de 1997, bajo el nro. 26, tomo 545-A Segundo.-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: abogado en ejercicio TEOFRANK JOSE ROJAS FERMIN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 52.243.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.-


En el día de hoy, seis (06) de Febrero de Dos Mil Trece (2013), siendo las Diez de la mañana (10:00 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia de juicio en el presente asunto, el Alguacil del Despacho anunció el acto en la forma establecida por la Ley, procediendo la ciudadana Juez Dra. AHISQUEL DEL VALLE AVILA, a solicitar a la Secretaria del Juzgado ciudadana PAULA DIAZ, que informara el motivo de la audiencia, indicando ésta el motivo de la misma, dejando constancia que la parte actora no compareció, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno, asimismo deja constancia de la comparecencia del Abogado en ejercicio TEOFRANK JOSE ROJAS FERMIN inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 52.243, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandada. Seguidamente la Jueza señaló: Por cuanto se evidencia que la parte demandante ciudadano FRANKLIN GIOVANNY RAMIREZ VELASCO no compareció, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en su segundo aparte Declara: DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, incoada por el ciudadano FRANKLIN GIOVANNY RAMIREZ VELASCO contra la sociedad mercantil R&M DISTRIBUCIONES, C.A., quedando a salvo el derecho del actor a incoar nuevamente la presente acción conforme al criterio sustentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo. Ha concluido el acto.

LA JUEZA,

Dra. AHISQUEL DEL VALLE AVILA.




LA SECRETARIA,