REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, diez de enero de dos mil trece
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE:OP02-R-2012-000094
PARTE DEMANDANTE APELANTE: Ciudadana, ROSSANA PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 17.213.810.
APODERADO JUDICIAL: Abogado en ejercicio, MIGUEL JOSE MORILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 114.618.
PARTE DEMANDADA: Empresa ALIMENTOS POR PESO, C.A”.
MOTIVO: Recurso de Apelación interpuesto en contra de la decisión publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 14-11-2012.

En el día de hoy, Diez (10) de Enero del año Dos Mil Trece (2.013), siendo las Diez horas de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, de la causa distinguida bajo el Nº OP02-R-2012-000094; se constituye el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por la ciudadana Jueza, BETTYS LUNA AGUILERA y la Secretaria, ciudadana LECVIMAR GONZALEZ MARCANO. Anunciándose la realización de dicho acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante apelante ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno. En consecuencia este Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declara DESISTIDO el presente Recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se condena en costa a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 Ejusdem. Remítase el presente expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los fines respectivos.
LA JUEZA,

BETTYS LUNA AGUILERA. LA SECRETARIA,
LECVIMAR GONZALEZ MARCANO.