REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, catorce de enero de dos mil trece
202º y 153º

ASUNTO: OP02-J-2012-001966
SOLICITANTE: SOLMIRA COROMOTO RODRIGUEZ JIMENEZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-12.921.196.

ABOGADO ASISTENTE: Sorelys Serrano inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 173.923

MOTIVO: SOLICITUD DE UNIVERSALES HEREDEROS.

En el día de hoy, catorce (14) de enero dos mil trece (2013), siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia a la que se contrae el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud presentada por la ciudadana SOLMIRA COROMOTO RODRIGUEZ JIMENEZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-12.921.196, quien actúa en su carácter de madre de la niña (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) , titular de la cédula de identidad N° V-27.403.486 de doce (12) años de edad, y de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del CPC a los adultos DARGELIS DEL VALLE e INELVIS JOSE ROSAS GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos V-24.597.085 y V-20.113.700 respectivamente, debidamente asistidos de la abogada SORELYS SERRANO , inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 173.923, mediante la cual ocurre ante esta competente autoridad para solicitar se declare a su hija y a los ciudadanos antes mencionados como UNIVERSALES HEREDEROS del difunto RANULFO JOSE ROSAS FERNANDEZ quien era titular de la cédula de identidad N° V-11.855.505 fallecida ab-intestado en fecha 14-10-2012. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil Ángel Narváez, habiéndose constatado la presencia de la referida ciudadana, de los testigos aportados por la solicitante y de los ciudadanos adultos DARGELIS DEL VALLE e INELVIS JOSE ROSAS GONZALEZ, se constituyen en el Despacho del Tribunal Quinto de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Se deja constancia que se garantizó el derecho a opinar de la niña de autos. Seguidamente se procede a tomar el Juramento de Ley a los testigos aportados por la solicitante, haciéndoseles las consideraciones respectivas. Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana SOLMIRA COROMOTO RODRIGUEZ JIMENEZ venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-12.921.196. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del difunto RANULFO JOSE ROSAS FERNANDEZ quien era titular de la cédula de identidad N° V-11.855.505 fallecida ab-intestado en fecha 14-10-2012, a sus hijos los ciudadanos (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) de doce (12) años de edad y de conformidad con lo establecido en el artículo 168 del CPC a los adultos DARGELIS DEL VALLE ROSAS GONZALEZ, e INELVIS JOSE ROSAS GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos V-24.597.085 y V-20.113.700, ambos mayores de edad, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 168 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese originales de las presentes actuaciones a las partes interesadas, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal.


Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los catorce
(14) días del mes de Enero del año 2013. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza


Liz Verónica López Morales La Secretaria
Abg. Yvette Moy
En la misma fecha, siendo las 11:45 am se agrega a las actas la presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria

Abg. Yvette Moy