REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés (23) de enero de 2013.
202º y 153º

ASUNTO: OP02-J-2012-002048.
PARTE SOLICITANTE: Yeniser del Carmen Salazar, titular de la cédula de identidad Nro. 16.997.358, debidamente asistida por la Fiscalía Octava del Ministerio Público Especializada en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares de esta Circunscripción Judicial.-
MOTIVO: Nulidad de Partida de Nacimiento.

Se inició el presente Asunto por solicitud de Nulidad de Acta de Nacimiento presentada por la abogada Angélica Pérez Herrera en su carácter de Fiscal Provisoria Octava Especializada en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares de esta Circunscripción Judicial a requerimiento de la ciudadana YENISER DEL CARMEN SALAZAR, la cual fue admitida en fecha 13-11-2012, ordenándose la publicación de un único Cartel de conformidad con lo dispuesto en el artículo 461 en concordancia con el artículo 516 ejusdem, encontrándose la causa en etapa inicial. Posteriormente en fecha 13-12-2012 la Representación Fiscal antes identificada presentó diligencia mediante la cual expuso: “Por cuanto cursa en este Circuito Judicial la causa signada con el Nro OP02-J-2012-001424, instaurada de oficio por la Defensa Pública, por las mismas razones y por el interés superior de la niña (identidad omitida), desisto de la misma, ya que fue instaurada con posterioridad a la indicada y se encuentran en el mismo estado de publicación de cartel. Es Todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.”

Ahora bien, siendo que la presente causa se encontraba en fase inicial y pudiendo la parte de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del código de Procedimiento Civil Desistir en cualquier estado y grado de la causa, es por lo que considera este Tribunal procedente lo solicitado por la demandante en fecha 13-12-2012 y Así se declara.

DISPOSITIVA
En base a las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: HOMOLOGAR el Desistimiento planteado por la Abg. Angélica Pérez Herrera, Fiscal Octava del Ministerio Público Especializada en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por lo cual se ordena el archivo y cierre de la presente causa. Así se Decide.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, en La Asunción a veintitrés (23) días del mes de enero del año dos mil trece (2013). Años 202º de La Independencia y 153º de La Federación.
La Jueza Temporal,

Joana Rodríguez López
El Secretario,

Abg. José Luis Molina G.