JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.- Pampatar, Tres (03) de diciembre del año dos mil trece (2013).-
203° y 154°
Vista la diligencia que antecede suscrita por los ciudadanos ALEJANDRO ENRIQUE ZAMBRANO y LISBETH MILAGROS OJEDA de ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 3.179.040 y V-3.397.493, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio EMMANUEL ALBONOZ MILIANI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 44.645, en el procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO seguido a favor de la ciudadana NORLEIDYS MAYERLYN MARCELLA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de Identidad nro. V- 16.337.380. Ahora bien, en virtud del desistimiento, efectuado por los precitados solicitantes y habiéndose realizado el mismo antes de la citación de la parte oferida, no se hace necesario el consentimiento de esta. En consecuencia, este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda hacer entrega a la parte oferente los cheques de gerencias signados con los Nros. 00658561 y 00658562, del Banco Plaza librados a favor de la ciudadana NORLEIDYS MAYERLYN MARCELLA SANCHEZ, por la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (bs. 1.500,00) y CIENTO DIECISEIS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (116,150,00) respectivamente, cada uno , los cuales fueron consignados por ante este Tribunal junto con la solicitud de Oferta Real presentada en fecha 28-10-2013, dejándose en el expediente copias certificadas de los mismos. Líbrese Recibo a los fines de dejar constancia que los ciudadanos ALEJANDRO ENRIQUE ZAMBRANO y/o LISBETH MILAGROS OJEDA de ZAMBRANO, recibieron los cheques antes identificados.- Archívese el expediente. CUMPLASE.
Dr. JOSE GREGORIO PACHECO,


JUEZ PROV. DEL MUNICIPIO MANEIRO
El Secretario,


NOTA: En esta misma fecha, se dicto y público la anterior decisión, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2013- 1446, siendo las 9:00 a.m. y se libro recibo. Conste.-
El Secretario,


Abg. Pedro Miguel Gómez Millán.



Expediente Nro.2013-2345.
Luisa.-