REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.

202° y 154°

Visto el desistimiento del procedimiento efectuado por el abogado RUBEN LORENZO GONZÁLEZ ALMIRAIL, en su carácter de recusante, mediante acta levantada en fecha 16.04.13, este Tribunal a los efectos de proveer sobre la homologación observa:
- que el abogado RUBEN LORENZO GONZÁLEZ ALMIRAIL, MANUEL ANTONIO GARCIA GÓMEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 123.370, en su carácter de parte recusante en la presente incidencia, mediante acta levantada en fecha 16.04.13 procedió a desistir del procedimiento;
- que la ciudadana CECILIA FAGUNDEZ, secretaria de éste Juzgado, en su carácter de parte recusada, mediante acta levantada en fecha 16.04.13 procedió a aceptar el desistimiento efectuado por el abogado recusante;
En vista de lo precedentemente señalado, este Tribunal da por consumado el acto y por consiguiente le imparte la homologación en todas y cada una de sus partes, tal y como en efecto lo hará en forma expresa en la parte dispositiva de esta decisión. Y así se decide.
Por último, se ordena oficiar al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de este Estado, a los fines de remitirle copia certificada del acta respectiva, en virtud de la apelación que se encuentra conociendo ese Juzgado en relación a la presente incidencia.
Bajo los anteriores señalamientos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se homologa el desistimiento del procedimiento en todas y cada una de sus partes y en consecuencia, téngase dicha homologación con autoridad de cosa juzgada y en su oportunidad archívese el expediente.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de este Estado, a los fines de remitirle copia certificada del acta respectiva, en virtud de la apelación que se encuentra conociendo ese Juzgado en relación a la presente incidencia
LA JUEZA TITULAR,

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

NERIDA VELÁSQUEZ.
EXP: Nº 11.228-11
JSDC/NV