REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 2 de Abril de 2013
202º y 154º


ASUNTO PRINCIPAL : OP01-D-2012-000196
ASUNTO : OP01-D-2012-000196


REVISIÓN DE MEDIDA

Vista el acta levantada por este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes, en relación al adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA , en la que se reviso la medida impuesta. Oído así mismo la solicitud de la Fiscal del Ministerio Publico QUIEN EXPONE: “ …Con respecto a los informes presentados, en al área educativa, recibe atención educativa en el ambiente Misión Robinsón II de aprendizaje, en el área formativo laboral, culminó el proyecto de aprendizaje artesanal, área familiar se observa que cuenta con el apoyo de sus familiares madre, prima y hermanos, quienes se han adaptado a las normas institucionales y han asistieron al programa de fortalecimiento, en el área social mantiene buena convivencia con sus compañeros de reclusión y personal que labora en el centro en el informe psicológico indica que tiene acompañamiento por parte de la madre, hermana y primas reconoce responsabilidad, se muestra centrado, con ideas claras sobre lo sucedido, cumple con las normas del centro no ha presentado ningún inconveniente muestra conservadas sus funciones mentales superiores, es por lo que , no da un pronostico favorable, observa que no se ha alcanzado con la finalidad de la sanción por lo cual no da su opinión favorable, para que sea sustituida la medida privativa de libertad. Por su parte el a DEFENSOR señalo: “ Se desprende del informe el cual se establecen la estrategias a seguir en la sanción de privación de libertad a mi defendido IDENTIDAD OMITIDA, así mismo concatenado con el resultado del informe social y psicológico de evolución se destaca su excelente participación en el área educativa optando al certificado de sexto grado cumpliendo con el objetivo educacional, así como también en el ámbito de salud se cumplio con la metas, en el formato laboral muestra motivación e interés por los oficios productivos para el trabajo de la carpintería, es visitado frecuentemente por sus familiares y a su vez estos asisten a programas de fortalecimientos familiares se destaca que la progenitora, es atenta y esta pendiente de las actividades donde su hijo participa y es colaboradora con la Institución se debe tomar en consideración que en área social mantiene una excelente connivencia y se destaca por ser respetuoso con el personal que labora así como con los maestros guías ha participado en talleres para el fortalecimiento de valores destacándose que el libro de novedades diaria no se encuentra registrado ningún evento negativo que influya en el plan individual adaptado en sistema socia educativo, en el informe psicológico señala el profesional que el joven tiene adulto tiene ideas calaras muestra conservadas sus funciones mentales superiores y se resalta que físicamente cuenta con un solo riñón entendiendo que debe haber un cuidado de salud por esta condición en base a estos informe de evolución solicito a la ciudadana juez la sustitución de la privación de libertad por una menos gravosa tomando en cuenta que se han alcanzado los objetivos por lo cuales se aplico esta sanción”. Este Tribunal vistas y oídas las exposiciones de las partes, y siendo solicitado por la Defensa la sustitución de la medida y la oposición por parte de la fiscal del Ministerio Publico la sustitución de la medida de privación de libertad por otra medida menos gravosa , esta juzgadora cumpliendo las facultades que le confieren los artículos 646 y 647 literal “e” de la ley especial que rige la materia y con vista al plan Individual y las estrategias establecidas para alcanzar las metas propuestas además a las exposiciones que han hecho las partes intervinientes, antes de hacer los pronunciamientos observa: Que cursa en auto el informe de evolución tanto social como psicologíco, en el cual señala el informe de evolución social en el área educativa recibe la atención educativa impartida por la Misión Robinsón II que funcionan en las instalaciones del Centro de Internamiento, en el área de salud refleja que a pesar de la Nefroctomia Izquierda durante todo ese tiempo no ha presentado problemas de salud, que amerite atención especial y la que ha requerido se le ha dado, en el área formativo laboral culminó el proyecto de aprendizaje artesanal donde recibió conocimiento para trabajar en el área de carpintería en los actuales momentos se encuentra seleccionado para ser inscrito en unos de los cursos que ofrece el por el INCE Nueva esparta, en el área familiar señala que ha contado con el apoyo de sus familiares madre, hermanos y primas que además acuden al programa de fortalecimiento familiar que dicta el NAFP “Porlamar”, en cuanto el área social, señala que mantiene buena convivencia con sus compañeros de reclusión, es respetuoso con el personal que labora en la institución con los guías que le atienden diariamente que muestra interés en participar en cada unos de los ámbitos, con la finalidad de desarrollar cada una de las actividades para lograr los objetivos planteados y así mismo indican que en los libros de novedades, no se encuentran registros negativos , en el informe Psicológico establece igualmente que recibe el acompañamiento de su familia madre, hermanos y primas que muestra estar centrado con ideas claras, es respetuoso con el personal que trabaja en el Centro y que muestra conservada sus funciones mentales superiores, en lo que considera esta juzgadora de conformidad con lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que el joven adulto muestra avances y esta surtiendo efectos la sanción es por lo que acuerda con lugar lo solicitado por la Fiscal Sétima del Ministerio Público y mantiene la medida de Privación de libertad. Asimismo oído lo manifestado por el representante legal del joven adulto ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 90 “ejusdem”, oficiar a la Fiscalía Superior, a los fines de aperturar una investigación a los funcionarios actuantes en las requisas realizadas en el Centro de internamiento para Varones Los Cocos, a los fines de establecer responsabilidad en cuanto al maltrato manifestado por la madre del sancionado. En consecuencia se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa pública en cuanto a la sustitución de la sanción privativa de libertad y se ordena su reingreso al Centro de Internamiento para Varones Los Cocos de este Estado. Se ordena agregar a las actas procesales, las constancias consignadas en este acto por la defensa pública. Se actualiza el cómputo de la siguiente manera: han cumplido NUEVE (09) MESES, UN (01) DIAS, restándole por cumplir DOS (02) AÑOS SEIS (06) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS. Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta , ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, conformidad con lo dispuesto en el artículo 647 literal e, Procede a Revisar la Medida y acuerda lo siguiente: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de Sustitución de la Sanción de Privación de Libertad efectuada por el Defensor Público, por cuanto la sanción esta surtiendo el efecto en el adolescente, en consecuencia se ordena el reingreso del sancionado al Centro de Internamiento para Varones Los Cocos de este Estado. SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Fiscalía Superior, a los fines de aperturar una investigación a los funcionarios actuantes en las requisas realizadas en el Centro de Internamiento para Varones Los Cocos. TERCERO: Se procede a actualizar el cómputo del cumplimiento de la sanción de Privación de Libertad y el sancionado ha cumplido NUEVE (09) MESES, UN (01) DIAS, restándole por cumplir DOS (02) AÑOS SEIS (06) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS. .ASI SE DECIDE.
La Juez de Ejecución,
Dra. PETRA MARCANO DE CERRADA LA SECRETARIA,

Abg. MIRIANNI FERNANDEZ

Conforme a lo ordenado se dio cumplimiento en esta misma fecha


LA SECRETARIA,

Abg. MIRIANNI FERNANDEZ




2:09 PM