REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintitrés de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: OP02-R-2012-000084
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. José Vicente Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.497, mediante la cual Apela de la sentencia dictada en el presente asunto en la cual se declaró válida la representación del Dr. Pascuariello. Este Juzgado, tomando en consideración que la decisión apelada no tiene recurso de apelación conforme al criterio expresado en la sentencia Nº 0544, de fecha 17 de mayo de 2011, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual consideró ajustada a derecho una decisión emanada en fecha 20 de diciembre del año 2010 del Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en ejecución de sentencia, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, INADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado José Vicente Santana, antes identificado.-
La Juez
Dra. Gricelda Martínez Cedeño
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