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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, treinta de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE:OP02-R-2012-000069
PARTE DEMANDADA APELANTE: Sociedad Mercantil ROYAL VACATIONS C.A, INVERSIONES PUEBLAMAR, C.A., e INVERSIONES MBK, C.A.
APODERADAS JUDICIALES: Abogadas en ejercicio MARY ECHARRY MENDOZA, MARIMIR AGUILERA, VALERIA CASTRO ROJAS y OLGA PEREZ, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 41.552, 88.165, 135.104 y 11.685, respectivamente.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano ANTONIO JESUS GONZALEZ GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.480.899.
APODERADOS JUDICIALES: Abogados en ejercicio MAIGUALIDA LOPEZ GONZALEZ y DORYS MENDEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 46.049 y 38.024, respectivamente.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales. Recurso de Apelación interpuesto en contra de la decisión publicada en fecha 07-08-2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.


En el día de hoy, treinta (30) de octubre del Año Dos Mil Doce (2.012), siendo la una y treinta horas de la tarde (1:30 PM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, a los fines de dictar el dispositivo del fallo, fijada mediante acta de fecha 26-10-2012, la cual fué reproducida en forma audiovisual de conformidad con lo establecido en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; de la causa distinguida bajo el Nº OP02-R-2012-000069; se constituye el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por la ciudadana Jueza, BETTYS LUNA AGUILERA y la Secretaria, ciudadana PAULA DIAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparece por la parte demandada apelante, empresa ROYAL VACATIONS, C.A., su apoderada judicial, abogada en ejercicio MARY ECHARRY MENDOZA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 41.552. Seguidamente la ciudadana Jueza Primera Superior del Trabajo BETTYS LUNA AGUILERA, procede a dictar en forma oral, el Dispositivo, declarando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa ROYAL VACATIONS, C.A., a través de su apoderada judicial, abogada en ejercicio MARY ECHARRY MENDOZA. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha 07-08-2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: No hay expresa condenatoria dada la naturaleza del presente asunto. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial a los fines legales consiguientes. Asimismo se notifica a las partes que dicho fallo será publicado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de hoy.
LA JUEZA,

BETTYS LUNA AGUILERA.