REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciocho de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: OP02-J-2011-000813
SOLICITANTE: INDIRA ANDREINA PATIÑO, titular de la cedula de identidad N° V-11.143.529, debidamente asistida por la fiscal Octava del Ministerio Público.

MOTIVO: Constitución de Tutela.

En el día de hoy 18-10-2012, siendo las 10:00 am, oportunidad para que tenga lugar la audiencia de jurisdicción voluntaria a que hace referencia el artículo 512 de la LOPNNA, de constitución de Tutela, intentada por la ciudadana INDIRA ANDREINA PATIÑO, titular de la cedula de identidad N° V-11.143.529, debidamente asistida por la Fiscalía Octava del Ministerio Público. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil ALEXANDER RADA se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial ninguna de las partes, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy. En virtud de la incomparecencia de la solicitante INDIRA ANDREINA PATIÑO, titular de la cedula de identidad N° V-11.143.529 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana INDIRA ANDREINA PATIÑO, titular de la cedula de identidad N° V-11.143.529 y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría.No hay condenatoria en costas.

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los diecinueve (19) días del mes de Octubre del año 2012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Yiseida Mora
En la misma fecha, siendo las10:55 am se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg Yiseida Mora