JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.- Pampatar, VEINTIOCHO (28) de NOVIEMBRE del año dos mil doce.-
202º y 153º.-
Vista la diligencia suscrita en fecha 20-11-2012; comparece por ante este Tribunal la Abogada en ejercicio MARIA SALOME VELASQUEZ M., mayor de edad, identificada con la Cédula de Identidad nro. V-16.546.165 e inscrita en el Inpreabogado bajo el nro. 115.807, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento de COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO (VIA EJECUTIVA), intentado en contra de la ciudadana BEATRIZ MARIA DE LA TORRE RODRIGUEZ, por cuanto la parte demandada cumplió con el pago de las cantidades demandadas, en consecuencia este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo, vista la solicitud contenida en dicha diligencia, el Tribunal acuerda con lo solicitado y suspende Medida de Embargo Ejecutivo decretada por este Juzgado en fecha 04-06-2012, participada a la Oficina de Registro Público del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, según oficio 9157-381, la cual recayó sobre un inmueble constituido por una Viviendo distinguida con el Nro. 12, Ubicada en el Conjunto Residencial Las Palmas II, Situada en la Urbanización Maneiro del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta. En consecuencia, ofíciese lo conducente a la mencionada oficina. Líbrese el oficio correspondiente. Ahora bien, por cuanto a la revisión de las Actas que conforman el presente expediente, se observa que no existen otras actuaciones que practicar, el Tribunal ordena el archivo del expediente. Remítase a la oficina de archivo Regional a los fines de su custodia e incorpórese al legajo correspondiente. Cúmplase.-
DR. JOSE GREGORIO PACHECO.


JUEZ PROV. DEL MUNICIPIO MANEIRO.-
El Secretario,


NOTA: en esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo acordado en el auto anterior y se libro Oficio nro 9157-764, para el Registro Inmobiliario del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta.- Conste.-


El Secretario,

Abg. Pedro Miguel Gómez Millán.



Sentencia Interlocutoria Nro. 2012- 1178.
Expediente Nro. 2012-2072.
MARIA.-