REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

Porlamar, 07 de Noviembre de 2012.
202° y 153°

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 05-11-12, el cual riela al folio ciento veintiuno (121) el presente expediente, suscrito por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO PASQUARIELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.275.910, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.375, en su carácter de Apoderado Judicial del CONDOMINIO RESIDENCIAS TERRANOVA, cuyo documento de condominio se encuentra debidamente registrado ante el Registro Público del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 11-07-2008, bajo el Nº 43, Tomo 3, folios 340 al 395, Protocolo Primero, Tercer Trimestre del citado año, parte actora, en el presente juicio COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), seguido contra la ciudadana MARIA ANGELICA SCILLA MACCHI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 6.974.985, parte demandada. Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en el artículo 265, del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. Se da por terminado el presente Juicio y se ordena el archivo en su debida oportunidad. Cúmplase.
EL JUEZ,



Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.

LA…




…SECRETARIA,



ABG. MARIA MARCANO RODRIGUEZ



NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente, conste,
LA SECRETARIA,





LJIU/ MMR*yr.-
EXP.12-2978.-.