REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

Porlamar, 27 de Noviembre de 2012.
202° y 153°

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 22-11-2012, el cual riela al folio ciento veinticinco (125), del presente expediente, suscrito por la abogada en ejercicio BRIGITTE CAROLINA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 178.434, en su carácter de Apoderada Judicial de CONDOMINIO MARES, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, el 26 de Octubre de 2010, bajo el Nº 15, Tomo 62-A, parte actora, en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA), seguido por el ciudadano MIGUEL DE JESUS GARCIA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.003.192. Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en los artículos 263, 265, 266 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.
EL JUEZ,



Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA,



ABG. MARÍA MARCANO RODRÍGUEZ.


LJIU/ MAM*YR.-
EXP/N° 12-2996.-