se deja constancia que ambos solicitantes comparecieron al acto. La Jueza insto a la reconciliación a los comparecientes y a cumplir cabalmente con las Instituciones Familiares a favor de su hijo Juan Salvador y acuerda en conformidad con lo solicitado. Se deja expresa constancia que se le garantizó al niño su derecho a opinar y ser oído a tenor de lo establecido en el artículo 80 ejusdem y se deja constancia que se encuentra presente en esta Audiencia. Ahora bien, por cuanto los ciudadanos Yrsis del Valle Narvaez y Juan Bautista Millán Zabala, presentaron su solicitud conjuntamente, manifestando su voluntad de separación conyugal y de gananciales, conservando los rigores contenidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes respecto a las Instituciones Familiares de su hijo