REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, quince (15) de marzo de dos mil doce (2012).-
201º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2011-000310
PARTE ACTORA: NELSON TEHERAN (No compareció).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: SIMÓN EDUARDO PALMA AVILAN (No compareció).
PARTE DEMANDADA: DESARROLLO INRASA, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL FIGUEROA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, quince (15) de marzo de marzo de dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el Nº OP02-L-2011-000310, se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez FIDEL HERNÁNDEZ, con la asistencia de la secretaria Abogado ZAIDA CAMEJO. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, comparecen por ante este Juzgado el Abogado RAFAEL FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 123.369, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa demandada DESARROLLO INRASA, C.A., según se evidencia de Poder debidamente autenticado ante la Notaría Pública Segunda de Porlamar, de fecha 11-03-2011, quedando anotado bajo el número 10, tomo 38 de los libros de autenticaciones llevados por dicho despacho, el cual presenta en este acto a efectum videndi a los fines de su devolución previa certificación en autos. En este sentido, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.
EL JUEZ
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA.
Abg. ZAIDA CAMEJO.
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