REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 14 de marzo de 2012
200º y 153º

Vista la diligencia de fecha 8 de marzo de 2012, suscrita por el abogado LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, con Inpreabogado N° 123.371, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en la cual desiste de la prueba de informes dirigida a la Alcaldía del Municipio García del Estado Nueva Esparta, y asimismo solicita se ratifique el oficio dirigido al Instituto para la Defensa de las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS); este Tribunal actuando de conformidad con lo solicitado, que deja sin efecto el oficio N° 0970-10043 de fecha 28-5-2008, y su posterior ratificación N° 0970-10.658 del día 12-11-2008, por lo que se insta al ciudadano Alguacil a consignar dicho oficio al expediente. En cuanto a la solicitud de ratificación de oficio, se ordena librar el mismo al Instituto para la Defensa de las Personas en el acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), a fin de que de respuesta a lo requerido por vía de informes. Líbrese el respectivo oficio. Cúmplase.-