REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, diecinueve de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: OP02-V-2011-000562
En el día de hoy 19-03-2012 siendo las 11: 00 de la mañana, se constituye el Tribunal para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud de FIJACIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana ANDRIANNYS ISABEL MARCANO NARVAEZ mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-18.112.377 contra el ciudadano ARCENIO JOSE HERNANDEZ VASQUEZ mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro V-16.337.326. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil JOSE LEONARDO MORENO se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy, a excepción del Defensor DIOGENES CARREÑO, quien expuso. Informo al tribunal que me comunique al 0426-3878545 el día viernes después de la 1:00pm y el día lunes a las 8:30am y el teléfono siempre estaba apagado. No obstante el día viernes llame al 0295-6110440 telefono residencia que también se suministro a esta defensa pública respondiendo la sra Mayra Hernandez quien me comunico que ella le daría el mensaje de la fecha y hora de la audiencia fijada para el día de hoy. En virtud de la incomparecencia de la demandante ANDRIANNYS ISABEL MARCANO NARVAEZ mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-18.112.377 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana ANDRIANNYS ISABEL MARCANO NARVAEZ mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-18.112.377 contra el ciudadano ARCENIO JOSE HERNANDEZ VASQUEZ mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro V-16.337.326 y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La jueza
Liz Verónica López
La Defensa Pública
La Secretaría
Abg. Marli Luna
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Marli Luna
En la misma fecha, siendo las11:25 am se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg. Marli Luna
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