REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, quince de marzo de dos mil doce
201º y 153º

ASUNTO : OP02-J-2012-000154

En el día de hoy 15-03-2012 siendo las 11: 00 de la mañana, se constituye el Tribunal para que tenga lugar la audiencia de Jurisdicción Voluntaria a la que se contrae el articulo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS incoada por la ciudadana MARIA ISABEL CASTILLO mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-6.211.138 Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil JOSE LEONARDO MORENO se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy. En virtud de la incomparecencia de la solicitante MARIA ISABEL CASTILLO mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-6.211.138 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana MARIA ISABEL CASTILLO mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V-6.211.138 y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La jueza


Liz Verónica López

La Secretaría
Abg. Yvette Moy


No hay condenatoria en costas.

Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los quince (15 ) días del mes de marzo del año 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza


Liz Verónica López Morales La Secretaria
Abg. Yvette Moy
En la misma fecha, siendo las11:45 am se agrega a las actas la presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg. Yvette Moy