REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, cinco (05) de junio de dos mil doce (2012).-
Años: 202º y 153º
ASUNTO: OP02-L-2012-000039
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha catorce (14) de mayo de dos mil doce (2012), y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda, en fecha cuatro (04) de junio de dos mil doce (2012), por el Abogado EDINSON LUIS CARDONA LEON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 127.304, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa demandada “DISPLAY HOGAR, C.A, C.A”., constante de diez (10) folios útiles; en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que corresponda, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el correspondiente Oficio de Remisión. Cúmplase.-
LA JUEZA.,
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
LA SECRETARIA,
GMC/lv.-