REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, catorce de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: OP02-V-2010-000512
PARTES: FRANCY DEL VALLE SISCO MARCANO , mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 17.022.961, contra el ciudadano LUIS DEL VALLE LOPEZ mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.291.254.
MOTIVO: Divorcio Contencioso (Disentimiento)
En el día catorce (14) de junio de 2012, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), oportunidad para que tenga lugar el diferimiento del inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la cual debe llevarse a cabo el único acto reconciliatorio previsto en el articulo 521 de la citada ley especial, con ocasión a la demanda de DIVORCIO, alegando la causal Segunda (2da) y tercera (3era) del Artículo 185 del Código Civil, incoada por la ciudadana FRANCY DEL VALLE SISCO MARCANO , mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 17.022.961, contra el ciudadano LUIS DEL VALLE LOPEZ mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.291.254. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil Omar Marquez se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial ninguna de las partes, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy. En virtud de la incomparecencia de la demandante FRANCY DEL VALLE SISCO MARCANO , mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 17.022.961 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana FRANCY DEL VALLE SISCO MARCANO , mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro.V- 17.022.961, contra el ciudadano LUIS DEL VALLE LOPEZ mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-14.291.254 y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La jueza
Liz Verónica López
La Secretaría
Abg. Marli Luna
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los catorce (14) días del mes de junio del año 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Marli Luna
En la misma fecha, siendo las 02:25 pm se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg. Marli Luna
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