REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
202° y 153°
La Asunción, 11 de junio de Dos Mil Doce
202º y 153º

ASUNTO: OP02-J-2011-002140
HOMOLOGACION DE ACUERDOS CONCILIATORIOS
Revisado como ha sido el contenido del Acta levantada en este Despacho en fecha 04-06-2012, de la cual se desprende que los Ciudadanos ZEUS NOE CHACON MARCANO y DIONELBA FRANCIS VASQUEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-10.877.961 y V-11.538.027 respectivamente, lograron un Acuerdo por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio de los Hermanos (omitidos conforme a la ley), oportunidad en la cual la ciudadana DIONELBA FRANCIS VASQUEZ SALAZAR expuso: “ Informo al Tribunal que el padre de mis hijos sigue incumpliendo con la Obligación de Manutención acordada y a la fecha adeuda la cantidad de SIETE (Bs. 7000,oo) MIL Bolívares, asimismo no está cumpliendo con el Régimen de Convivencia Familiar debido a que busca a los niños cada vez que quiere, por tal motivo me gustaría aclarar todo lo referente a estas instituciones familiares en beneficio de nuestros hijos. Es Todo” De igual manera el ciudadano ZEUS NOE CHACON MARCANO expresó: “ Es cierto que no he cumplido con la Obligación de Manutención pero ello se debe a que cuando presentamos este escrito me habían dicho en mi empleo que me aumentarían el sueldo y por eso estuve de acuerdo con ese monto, pero ese incremento no ocurrió y actualmente tengo un problema de salud y lo que gano es el sueldo mínimo, estoy consciente que ese no es el monto que está en esta Solicitud, por tal motivo reconozco el monto señalado por la madre y solicito un lapso prudencial para su cancelación mientras me recupero de salud y puedo aumentar mis ingresos, el cual propongo que sea de tres meses asimismo me comprometo a realizar los depósitos en una Cuenta Corriente de la madre en el Banco Provincial motivo por el cual solicito a la madre que si está de acuerdo con ello me informe el número de cuenta o de ser posible se le abra una cuenta bancaria a los hijos y que se informe de ello al Tribunal para que se tenga la certeza de en que cuenta depositaré a mis hijos. En relación al Régimen de Convivencia Familiar quiero hacer una propuesta debido a que hay algunos aspectos en el Acuerdo que no fueron precisados y eso es lo que ha hecho tener estos problemas, y por tal motivo propongo que el fin de semana alterno que me corresponda compartir con mis hijos los busque a las 3:00 pm en la Plaza cercana a su residencia y los regresaré en el mismo lugar a las 7:00 pm por lo que ambos padres debemos estar pendientes de la hora y el lugar de encontrar a los hijos, y en los días de semana compartiré con mis hijos los días martes y jueves, para lo cual los buscaré a las 3:00 pm en las clases de béisbol y los regresaré a las 7:00 pm en la Plaza antes señalada, ambos padres nos comunicaremos por vía telefónica (mensajes de texto) pero solo para tratar asuntos relativos a nuestros hijos cuidando siempre de utilizar términos respetuosos y sin ofensas, asimismo propongo que el día del padre o de la madre y el cumpleaños de los progenitores, los hijos puedan compartir todo ese fin de semana con el progenitor respectivo, y el día del cumpleaños de los hijos será disfrutado ese fin de semana con la madre y el siguiente fin de semana con el padre. Quedando entendido por ambos padres que los demás términos del Acuerdo quedará igual a como lo presentamos en esta solicitud, y si la madre de mis hijos está de acuerdo con lo aquí expuesto solicito la HOMOLOGACION del Tribunal. Es Todo” De inmediato visto lo expresado por el padre se concedió la palabra a la ciudadana DIONELBA FRANCIS VASQUEZ SALAZAR quien señaló: “Estoy de acuerdo con lo expresado por el padre de mis hijos y con el lapso de tres meses para cancelar la deuda, y aclaro que de poder abrir la cuenta a nombre de los hijos lo informaré de inmediato al Tribunal pero mientras tanto me deposite en la Cuenta Corriente que tengo en el Banco Provincial cuyo número informo en este acto, y estoy conforme con que se Homologue este Acuerdo. Es Todo.” En consecuencia, esta Jueza Cuarta de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina de Protección Integral, cual es el Interés Superior del Niño consagrado en el Artículo 3, numeral 1° y 2° de la Convención de los Derechos del Niño, así como, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 78, conforme al segundo aparte del articulo 470 en concordancia con el Artículo 375 y 387 de la citada Ley Especial, imparte su aprobación, y en consecuencia HOMOLOGA en todos y cada uno de sus términos el acuerdo suscrito entre los ciudadanos ZEUS NOE CHACON MARCANO y DIONELBA FRANCIS VASQUEZ SALAZAR, identificados en autos, por CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION y DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio de sus hijos. Se ordena entregar las copias certificadas a los interesados, Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA


Abg. Eudy María Díaz Díaz.

La Secretaria,

Abg. Joana Rodríguez. .