REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
202° y 153°
ASUNTO: OP02-V-2012-000241
En el día de hoy, jueves 14 de junio de 2012, siendo las diez y treinta de la mañana, oportunidad para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la demanda incoada por la Fiscal VI del Ministerio Público, Doctora Dalia Carrillo Prato, a requerimiento de la ciudadana FRANCIS JUSTINA VELASQUEZ AMBARD, titular de la cédula de identidad número 11.826.617, contra el ciudadano JOSE MIGUEL MARTINEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número 5.703.637, mediante la cual solicita se establezca la obligación de manutención en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY. Anunciado dicho a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil Alexander Rada, y NO habiéndose constatado la presencia de las partes ni por sí ni por medio de apoderados, se concede media hora de espera. Transcurrido dicho lapso, sin que se hubiere verificado la presencia de las partes, más si la de la Fiscal VIII del Ministerio Público, Doctora Carmen Cueto Rodríguez, quien adujo estar representando a las dos Fiscalías de Protección en el día de hoy, se constituye en el Despacho del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la Jueza Carmen Milano Vásquez, a los fines de continuar la celebración de la audiencia, pero vista la NO COMPARECENCIA de las partes, en especial la NO COMPARECENCIA DE LA DEMANDANTE, es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el articulo 472 de la citada Ley Especial, declara: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por el Fiscal VI del Ministerio Público, Doctora Dalia Carrillo Prato, a requerimiento de la ciudadana a requerimiento de la ciudadana FRANCIS JUSTINA VELASQUEZ AMBARD, titular de la cédula de identidad número 11.826.617, dada la no comparecencia a la audiencia de la mencionada ciudadana y TERMINADO éste mediante Sentencia Oral proferida y publicada en esta misma fecha. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la citada norma, haciéndosele saber a la parte que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos y remítase al archivo para su custodia y cuido. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,

Carmen Milano Vásquez.
La Fiscal VIII del Ministerio Público
La Secretaria,

Yiseida Mora Lamus