REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 16 de Julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2012-008418
ASUNTO : OP01-P-2012-008418
ORDEN DE APREHENSION

Visto el escrito de la Representante de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, solicito en virtud de los hechos que guardan relación con el expediente fiscal número 17-DDC-F2-0263-12, iniciado el de fecha 27 de Febrero de 2012, por ese Despacho Fiscal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 285, Ordinal 3° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 283 y 300 del Código Orgánico Procesal Penal, y acordada por este Tribunal por estar ajustada a derecho.

Por cuanto se recibió escrito de la Abg. CRUZ HERMINIA PULIDO, en su condición de Fiscal Segunda del Ministerio Público del Estado Nueva Esparta, mediante el cual solicita de Orden de Aprehensión en contra del ciudadano JOSE VICENTE GUILARTE REYES, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-17.417.304, por la presunta comisión de los delitos de COMPLICIDAD EN EL HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° en relación con el artículo 84 numeral 3° ambos del Código Penal vigente; y COMPLICIDAD EN EL ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en relación con el artículo 84 numeral 3° del Código Penal vigente. Ahora bien, en razón de encontrarse este Tribunal en Funciones de Guardia, hace las siguientes consideraciones:

PRIMERO: El numeral 1 del articulo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que establece “La libertad personal es inviolable, en consecuencia: 1.Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial….”

SEGUNDO: Tal y como lo prevé el artículo 250 en su último aparte, del Escrito presentado por la Fiscal del Ministerio Público y de las actuaciones policiales que lo acompañan, en el presente caso concurren los supuestos previstos en dicho artículo para que sea procedente la medida de aprehensión aquí acordada, es decir que se trate de un hecho punible que merece pena privativa de libertad, existan suficientes elementos de convicción de la relación de los imputados con el hecho y una presunción razonable de peligro de fuga u obstaculización de la investigación, tomando en consideración el quantum de la pena a imponer. Al analizar la solicitud Fiscal, queda determinado lo siguiente:

HECHOS

Se inicia la presente investigación en fecha 27 de febrero del año 2012, cuando funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, tienen conocimiento del hallazgo de dos cuerpos sin vida en el sector El Palito de Juangriego, Municipio Marcano, de este Estado. Ambos cadáveres presentaban lesiones ocasionadas por el paso de proyectiles ocasionadas por armas de fuego. Dichos cuerpos fueron identificados como ENRIQUE JOSÉ MELCHOR y JONGER JOSÉ ANDRADE LEÓN, titulares de las Cédulas de Identidad V-9.302.838 y V-16.826.433 respectivamente.

Dada la orden de inicio de rigor, se logran recabar suficiente elementos de convicción y se logra determinar que en fecha 27 de febrero de 2012, cuando los ciudadanos Enrique Melchor y Jonger Andrade, se trasladaban en motos de su propiedad fueron interceptados por varios ciudadanos quienes bajo amenaza de muerte portando armas de fuego, ocasionaron la muerte de estos ciudadanos, ya que los mismos se opusieron al robo de sus motocicletas, uno de ellos a la altura de la Escuela del Palito y el ciudadano en la entrada de dicho sector

De las entrevistas tomadas inicialmente, se pudo determinar a través de la ciudadana Gregorina González de Melchor, pareja del occiso Enrique José Melchor, que éste ciudadano conducía efectivamente una moto marca, de color naranja con franjas negras. Se pudo corroborar también, a través de entrevista tomada a Luís Carlos Guevara, que efectivamente el hoy occiso Enrique Melchor conducía la moto marca Max Motor, de color naranja con franjas negras el día de los hechos.

Esta vehículo tipo moto, fue localizado el domingo día 26 de febrero de 2012, aproximadamente a las 08:00 horas de la mañana, por funcionarios adscritos de la Comisaría de Juangriego, de la Policía del Estado, en la Avenida Juan de Castellanos.
En entrevista a la ciudadana Celia del Valle Morales, le informa a los funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Punta de Piedras, que ella se encontraba el día sábado 25 de febrero de 2012, en una celebración relacionada con su nieto, y que habiendo sonado unos disparos como a los diez minutos llegaron a su casa los sujetos quienes conocen como Ivancito, el piojo, y el catire en dos motocicletas, que había notado que al sujeto que conocen como “Ivancito” estaba lleno de sangre por la franela y que este ultimo le había comentado que habían matado a un señor frente a la escuela y agrega la entrevistada que ivancito llevaba un arma de fuego en la cintura, a lo que ella le expresó que no quería problemas y ellos se fueron; también agrego que el sujeto apodado el piojo llevo en una motocicleta anaranjada.

En la misma fecha del 27 de febrero de 2012, se toma entrevista a la ciudadana Crizbell del valle Alba Morales, quien expresa a los funcionarios que el día sábado 25 de febrero como a las 06: de la tarde estaba haciendo una celebración a su hijo de diecinueve días de nacido, llegaron varios sujetos conocidos por ella, entre los que se encontraban Ivan Requena, Melvin con otro sujeto llamado “mondengue” en una moto; que también había llegado a esa reunión el catire con un sujeto de nombre “Coya” con otra moto negra y “el piojo”, así mismo menciona a Ivan Requena como la persona que portaba una escopeta recortada color negra y que a veces la sacaba del pantalón. En esa entrevista agrega la ciudadana Crizbell Alba que en horas de la madrigada, había entrado un sujeto apodado “moncho” a su cuarto y le dijo “…los muchachos mataron a dos tipos ahorita y que el se había puesto a discutir con catire….” Y que “moncho” también le dijo que le había expresado al “catire” que si estaban locos; también agregó que su mamá Celia le había manifestado que si había visto la moto que tenían los muchachos que era de color naranja con negra que la había llevado el sujeto apodado “el piojo” y que luego su mamá Celia Morales le había comentado que uno de los muertos era Melchor, que esa era la moto que tenia “el piojo” y que con razón Iván Requena tenia la camisa manchada de sangre.

En entrevista tomada en la misma fecha a la ciudadana Cruzmari del Valle Alba Morales, les expresa a los funcionarios que su mamá le había informado que había visto a Iván Requena con la camisa llena de sangre, que tenía un arma y que el piojo tenía una moto en la cual se habían ido.

En entrevista tomada al ciudadano Alexia Amador Morales, el 27 de febrero de 2012, encontrándose en el lugar de la reunión, siendo las 01:00 de la mañana, aproximadamente habían llegado Ivancito y el piojo, el primero de ellos corriendo con la franela llena de sangre y diciendo que habían matado un tipo por la escuela, y que “el piojo” iba conduciendo una moto naranja con negro.

En entrevista tomada al ciudadano José Leonardo Gil Vásquez, hermano del sujeto apodado el catire, informa que su hermano se la pasa con un grupo de muchachos entre los que se encuentran “El piojo”, Ivan, “melvin” y “papelón”, se la pasan robando motos, y que la gente del sector comentaban que quienes habían matado a Enrique Melchor y Jonger, era ese mismo grupo para atracarlos y despojarlos de sus motos. Que los había matado “El catire” Melvin el piojo, “papelón”, “moncho” Ivancito para atracarlos y quitarles sus motos. Otra información que aporta este entrevistado a la policía, es que habían llamado a su hermano para que cuadrara una plata por la moto, ya que moncho le había dicho que necesitaba plata porque le iba a “echar el agua” a su hija, y que su hermano apodado “el catire” le había cuadrado el rescate de la moto, y que luego se había enterado que habían matado a dos chamos; una frente a la escuela del palito y otro en la entrada del sector el palito; también informa el ciudadano Gil Vásquez que el sujeto llamado Melvin tiene azotado el sector y que las personas tenían miedo a denunciarlo por temor a sus vidas.

Los hechos de la presente investigación configuran la presunta comisión de los delitos de COMPLICIDAD EN EL HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal en relación con el articulo 84 numeral 3 ejusdem, y COMPLICIDAD EN EL ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos ENRIQUE JOSÉ MELCHOR y JONGER JOSÉ ANDRADE LEÓN, titulares de las Cédulas de Identidad V-9.302.838 y V-16.826.433 respectivamente, cuyos delitos merecen pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra prescrita.
El Ministerio Público una vez impuestos de estos hechos, ordenó el incidió de la Investigación a través de los órganos de investigación penal, quienes emprendieron una seria de diligencias generadoras de los elementos de convicción que dan lugar a la individualización de estos ciudadanos como penalmente responsables, tales como:

1.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 26/06/2012, suscrita por el funcionario DETECTIVE JULIO CESAR ALVARADO VILLAMIZAR, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia del conocimiento de la comisión del hecho punible.

2.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 26/06/2012, suscrita por el funcionario DETECTIVE JULIO CESAR ALVARADO VILLAMIZAR, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia del conocimiento de la comisión del hecho punible, y de las primeras labores de investigación en torno al caso, en compañía del funcionario LAUREANGEL ZABALA, en la unidad P-30911, hasta la calle Principal del Sector El palito, Municipio Marcano, Estado nueva Esparta, y de haber realizado las diligencias urgentes y necesarias.

3.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA Nº 170, de fecha 26/02/2012, suscrita por los funcionarios LAUREANGEL ZABALA y JULIO ALVARADO, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada en la calle principal El palito, con calle El Progreso, Municipio Marcano, Estado nueva Esparta, lugar donde ocurrieron los hechos, en la cual se describen el lugar de los hechos, donde describen detalladamente dicho lugar y los elementos de interés criminalísticos recabados y relacionados con este lugar.

4.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA Nº 171, de fecha 26/02/2012, suscrita por los funcionarios LAUREANGEL ZABALA y JULIO ALVARADO, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada en la calle principal El palito, con calle San Martín, al frente de la Unidad educativa Estadal Lourdes Rodríguez, Municipio Marcano, Estado Nueva Esparta, lugar donde ocurrieron los hechos, en la cual se describen el lugar de los hechos, donde describen detalladamente dicho lugar y los elementos de interés criminalísticos recabados y relacionados con este lugar.

5.- INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA NUMERO 172, de fecha 26/02/2012, suscrita por los funcionarios LAUREANGEL ZABALA y JULIO ALVARADO, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicada al cadáver de los occisos, una vez en la morgue del Hospital Dr. Luís Ortega de Porlamar, en la cual describen una vez practicado el examen externo al cadáver las heridas causada por los agresores en perjuicio de las victimas, ocasionándole la muerte.

6.- CON EL ACTA POLICIAL DE FECHA 26/06/2012, suscrita por el funcionario OFICIAL JEFE (INP) ENRIQUE MARIN, adscrito a la Comisaría de Juangriego del Instituto Neoespartano de Policía, en al cual deja constancia de la actuación policial realizada en conjunto con el funcionario OFICIAL (INP) KENDRI GUZMAN, relacionada con la recuperación de un vehículo tipo moto, marca Kyoto, modelo Scooter, color anaranjado, año 2008, sin placas, serial carrocería L5YTCKPA781129253, serial del motor BN1570MJ07593331, al final de la Avenida Juan de Castellanos, en dirección al sector Los Millanes, Municipio Marcano, Estado nueva Esparta.

7.- ENTREVISTA DE FECHA 26/02/2012, RENDIDA POR EL CIUDADANO ALEJANDRO JOSE MELCHOR GONZALEZ, testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…el día de hoy, en horas de la mañana, me encontraba en mi casa cuando recibí una llamada telefónica informando que habían matado a mi padre de nombre ENRIQUE JOSE MELCHOR.…..”

8.- ENTREVISTA DE FECHA 26/02/2012, RENDIDA POR FAUSTINO JOSE LEON, testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…mi esposa me dijo que a mi hermano de nombre JHONGER RAFAEL ANDRADDE LEON, lo habían encontrado muerto en el sector El palito …”

9.- ENTREVISTA DE FECHA 26/02/2012, RENDIDA POR GREGORINA JOSEFINA GONZALEZ DE MELCHOR, testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…llego una comisión de INEPOL informándome que habían encontrado la moto de mi esposo en el sector de Pedregales, pero él no se encontraba, razón por la cual me puse a buscarlo y a indagar en el sector, pero no lo encontré, luego opté por ir a la morgue del Hospital Luís Ortega de Porlamar...…”

10.- ENTREVISTA DE FECHA 27/02/2012, RENDIDA POR LUIS CARLOS GUEVARA, testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…el sábado 25-02-2012, estuvimos desde las 02:00 horas hasta las 07:00 horas de la tarde, nos tomamos unas cervezas en un festejo del sector pedregal, posteriormente nos fuimos hasta Juan griego y allí donde esta el parque Bicentenario, nos despedimos, ya eran como a las 07:10 horas de la noche…El se encontraba en su moto marca KYOTO, modelo SCOOTER, color negro con anaranjado y yo estaba en mi moto marca Renegado, sincrónica , color naranja …”

11.- ACTA DE INVESTIGACIÓN DE FECHA 27/06/2012, suscrita por el funcionario SUB INSPECTOR JOSE HERNANDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia del conocimiento de la comisión del hecho punible, y de las labores de investigación en torno al caso, en compañía del funcionario SUB COMISARIO JHONNY BRITO, SUB INSPECTOR JULIO ALVARADO, AGENTE LAUREANGEL ZABALA, AGENTE ERNESTO GAMERO, en la unidad P-291, hasta el Sector El palito, Municipio Marcano, Estado nueva Esparta, y de haber realizado las diligencias urgentes y necesarias y de haber obtenido información relacionado con el esclarecimiento de los hechos investigados.

12.- ENTREVISTA DE FECHA 27/02/2012, RENDIDA POR CELIA DEL VALLE MORALES, testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…estábamos reunidos en mi casa celebrando que el echamos el agua a mi nieto, como a las 02:00 horas de la madrugada me llega a mi casa los sujetos a quienes conozco como : IVANCITO, EL PIOJO, EL CATIRE, en dos motocicletas, noto que el sujeto a quien conozco como IVANCITO esta lleno de sangre por la franelas, le pregunte que le había pasado y me contesto: “que habían matado a un señor frente a la escuela, también noté que llevaba un arma de fuego en la cintura, le dije que no quería problemas, al rato se fueron vi. un arma de fuego de color negra ……”

13.- ENTREVISTA DE FECHA 27/02/2012, RENDIDA POR ALBA MORALES CRIZBEL DEL VALLE, testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…la noche del día sábado 25-02-2012, a partir de las 06:00 horas de la tarde, le echo el agua a mi hijo …con IVAN REQUENA, quien es el padrino de mi hijo, luego como a las 07:30 horas de la noche, llegó MONCHO, el papa de mi hijo, luego como a las 09:00 horas de la noche llegó LEIXY y DARQUIS, en una moto color negra, luego WUICHO CONEJO, en una bicicleta y MELVIN con MONDENGUE, en una moto creo que era negra después llegó EL NEC, en una moto color negra, llego PAPELON en una moto color negra con una chama, EL CATIRE con COVA en otra moto negra y PIOJO, MANDRIL, PACHECO MELENA, luego MELVIN, le dijo a uno de los muchachos que estaban allí, a mi me van a llevar a las 09:30 horas de la noche, luego se fue y no supe quien lo fue a llevar, los muchachos estaban tomando cervezas y anís, salían y entraban con las motos IVAN REQUENA tenía una escopeta recortada color negra…MONCHO y me dijo los muchachos mataron a dos tipos ahorita, y que el se había puesto a discutir con CATIRE según y que le dijo al catire coño chamo ustedes son locos, que él había pensado que le habían disparo al sobrino OMAR PINO, quien es guardia, ….entro al cuarto ALEXIS y mi mama CELIA me dio viste la moto que tienen los muchachos ahí, afuera es de color naranja con negro dijo que la trajo PIOJO, al rato como a las 03:15 llego mi hermana Cruz Mary con el esposo con Orlando, ellos venían de la fiesta de la papa de Orlando …”

14.- ENTREVISTA DE FECHA 27/02/2012, RENDIDA POR ALEXIS AMADOR MORALES testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…me encontraba en mi residencia, celebrando en agua de bautizo de mi sobrinito, …llegaron nuevamente IVANCITO y EL PIOJO, el primero de ellos corriendo, con la franela llena de sangre y diciendo que habían matado un tipo por la escuela, luego llego el segundo de ellos, conduciendo una moto de color naranja…”

15.- ENTREVISTA DE FECHA 27/02/2012, RENDIDA POR ALBA MORALES CRUZMARI DEL VALLE testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…mi mama me informo que IVAN RQUENA tenía la camisa llena de sangre y tenía el arma y el piojo tenia la moto en la cual se fueron….”

16.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 28/02/2012, suscrita por el funcionario LEIGER MARÍN, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia de haber realizado las diligencias urgentes y necesarias en torno al proyectil blindado deformado extraído del cadáver de JONGER JOSE ANDRADE LEON, y tres proyectiles(uno blindado parcialmente deformado, un proyectil blindado ligeramente deformado y un proyectil de plomo deformado( extraídos del cadáver de ENRIQUE JOSE MELCHOR.

17.- LEVANTAMIENTO NUMERO 9700-159-062, DE FECHA 28/02/2012, PRACTICADO AL CADÁVER DE: MELCHOR ENRIQUE JOSÉ, suscrito por la Médico Forense Dra. ODALIS PENOT, Médico Forense adscrito al Departamento de Ciencias Forenses de Porlamar, donde deja constancia que la causa de muerte fue: “…LACERACIONES VISCERALES Y VASCULARES MULTIPLES COMO CONSECUENCIA DE HERIDAS POR ARMA DE FUEGO EN CRÁNEO, REGIÓN CERVICAL Y TORÁXICA…”

18.- LEVANTAMIENTO NUMERO 9700-159-063, DE FECHA 28/02/2012, PRACTICADO AL CADÁVER DE: ANDRADE LEON JONGER JOSE, suscrito por la Médico Forense Dra. ODALIS PENOT, Médico Forense adscrito al Departamento de Ciencias Forenses de Porlamar, donde deja constancia que la causa de muerte fue: “…FRACTURA MULTIFRAGMENTARIA DE CRÁNEO Y LACERACIÓN ENCEFÁLICA DEBIDO A TRAUMATISMO CRANEOENCEFÁLICO SEVERO COMO CONSECUENCIA DE HERIDAS POR ARMA DE FUEGO…”

19.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 28/02/2012, suscrita por los funcionarios SUB INSPECTOR JOSÉ HERNÁNDEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de haberse trasladado en compañía de los funcionarios SUB COMISARIOS ENRIQUE ALINDRE, JOSE RAMOS, JHONY BRITO, INPSECTOR OTTO ADLER, SUB INPECTOR JEAN PIERRE SOTO, JULIO ALVARADO, DETECTIVES MAIKEL MALAVER, JULIO ISAVA, AGENTES JHONY MARIN, JACKSON MARCANO, JAVIER ANTUNEZ, ERNESTO GAMERO, hacia el sector El palito, pedregales, Municipio Marcano, Estado nueva Esparta, en varias residencias del sector, localizando evidencias de interés criminalístico, e identificando a los ciudadanos mencionados en la investigación.

20.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACIÓN FOTOGRÁFICA numero 173 de fecha 28/02/2012, suscrita por los funcionarios ENRIQUE GAMERO Y JOSE HERNANDEZ, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada al vehículo tipo motocicleta, marca Bera, modelo Max Moto, color negro, sin placas, serial LP6PCK3132901400127, donde describen detalladamente dicho vehículo.

21.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACIÓN FOTOGRÁFICA numero 174 de fecha 28/02/2012, suscrita por los funcionarios ENRIQUE GAMERO Y JOSE HERNANDEZ, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada al vehículo tipo motocicleta, marca Bera, modelo br-150 color azul sin placas, donde describen detalladamente dicho vehículo.

22.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA numero 175 de fecha 28/02/2012, suscrita por los funcionarios ENRIQUE GAMERO Y JOSE HERNANDEZ, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada al vehículo tipo motocicleta, marca Bera, modelo BR150, color negro, placas AF5J90D, donde describen detalladamente dicho vehículo.

23.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA numero 176 de fecha 28/02/2012, suscrita por los funcionarios ENRIQUE GAMERO Y JOSE HERNANDEZ, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada al vehículo tipo motocicleta, marca Bera, modelo Max Moto, color negro, sin placas, donde describen detalladamente dicho vehículo.

24.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA numero 177 de fecha 28/02/2012, suscrita por los funcionarios ENRIQUE GAMERO Y JOSE HERNANDEZ, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada al vehículo tipo motocicleta, marca Yamaha, modelo JOB, color negro, sin placas, , donde describen detalladamente dicho vehículo.

25.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA numero 178 de fecha 28/02/2012, suscrita por los funcionarios ENRIQUE GAMERO Y JOSE HERNANDEZ, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada al vehículo tipo motocicleta, marca SUKYAMA, modelo SCOOTER, color negro, sin placas, donde describen detalladamente dicho vehículo.

26.- ENTREVISTA DE FECHA 28/02/2012, RENDIDA POR JOSE LEONARDO GIL VÁSQUEZ testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…llegaron unos funcionarios del CICPC, buscando a mi hermano el cual apodan “El catire”.....se la pasan robando motos la gente del sector dicen que los que mataron a esos tipos fueron mi hermano El catire, Melvin, El piojo, papelón, moncho y Ivancito…”

27.- ENTREVISTA DE FECHA 28/02/2012, RENDIDA POR JERLUIS JESUS LUGO DUBEN, testigo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual éste señaló que: “…me encontraba en mi residencia, cuando llego una comisión policial preguntándome donde estaba la motocicleta del ciudadano Ricardo, ..le entregue la motocicleta…”

28.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 29/02/2012, suscrita por el funcionario JULIO ALVARADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia de labores de investigación en torno al caso, de la identificación plena de uno de los señalados en la investigación.

29.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 29/02/2012, suscrita por el funcionario JULIO ALVARADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia de la diligencia realizada en torno a la Orden de Aprehensión vía excepcional tramitada en contra de los ciudadanos RICARDO ANDRÉS MORENO MARCANO E IVAN JOSE RQUENA MARCANO.

30.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 29/02/2012, suscrita por el funcionario JULIO ALVARADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia de labores de investigación en torno al caso, de los registros policiales de los ciudadanos señalados en la investigación.

31.- EXPERTICIA Y AVALÚO REAL NÚMERO 101-12, de fecha 29/02/2012, suscrito por ANTHONY RAMIREZ; adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, practicado a: “…VEHÍCULO CLASE MOTOCICLETA, MARCA SKYAMA, MODELO SCOOTER, COLOR PLATA, TIPO PASEO, PLACAS: NO PORTA, AÑO 2006.…”

32.- EXPERTICIA Y AVALUO REAL NÚMERO 102-12, de fecha 29/02/2012, suscrito por ANTHONY RAMIREZ; adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado a: “…VEHICULO CLASE MOTOCICLETA, MARCA KYOTO, MODELO MX-150 COLOR NEGRO, TIPO PASEO, PLACAS: NO PORTA, AÑO 2009.…”

33.- EXPERTICIA Y AVALUO REAL NÚMERO 103-12, de fecha 29/02/2012, suscrito por ANTHONY RAMIREZ; adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado a: “…VEHICULO CLASE MOTOCICLETA, MARCA YAMAHA MODELO JOG COLOR NEGRO TIPO PASEO, PLACAS: NO PORTA, AÑO NO INDICA.…”

34.- EXPERTICIA Y AVALUO REAL NÚMERO 104-12, de fecha 29/02/2012, suscrito por ANTHONY RAMIREZ; adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado a: “…VEHICULO CLASE MOTOCICLETA, MARCA BERA, MODELO BR-150, COLOR NEGRO, TIPO PASEO, PLACAS: AF5J90D, AÑO 2011.…”

35.- EXPERTICIA Y AVALUO REAL NÚMERO 105-12, de fecha 29/02/2012, suscrito por ANTHONY RAMIREZ; adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado a: “…VEHICULO CLASE MOTOCICLETA, MARCA BERA, MODELO BR150, COLOR AZL, TIPO PASEO, PLACAS: NO PORTA, AÑO 2011.…”

36.- EXPERTICIA Y AVALUO REAL NÚMERO 106-12, de fecha 29/02/2012, suscrito por ANTHONY RAMIREZ; adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, practicado a: “…VEHICULO CLASE MOTOCICLETA, MARCA KYOTO, MODELO MX150, COLOR NEGRO, TIPO PASEO, PLACAS: NO PORTA, AÑO 2009.…”

37.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 23/04/2012, suscrita por el funcionario FRANCISCO MOYA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia de haber recibido llamada telefónica de la Unidad de Atención a la Victima del Ministerio Público, del Estado Nueva Esparta, donde le informaban la comparecencia del ciudadano Melvin Marin Marcano.

38.- CON EL ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL DE FECHA 23/04/2012, suscrita por el funcionario ERNESTO GAMERO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en al cual deja constancia de labores de investigación en torno al caso, de haber recibido llamada telefónica anónima informándole que en un terreno baldío ubicado en el sector El Palito, calle Villa Nueva, Municipio Marcano, Estado Nueva Esparta; se encontraban dos armas de fuego pertenecientes al ciudadano MELVIN JOSE MARIN MARCANO, trasladándose el funcionario en compañía del funcionario LAUREANGEL ZABALA, hacia la dirección aportada, con los ciudadanos Irismar Josefina León y Ricardo Antonio Montaner León, quienes fungieron como testigos del hallazgo de dos armas de fuego, una tipo revolver, marca Tauros Forjas, calibre 38, serial PH429406, y una escopeta sin seriales ni marcas visibles.

39.- CON LA INSPECCIÓN TÉCNICA CON FIJACION FOTOGRAFICA Nº 324, de fecha 23/04/2012, suscrita por los funcionarios LAUREANGEL ZABALA y ERNESTO GAMERO, adscritos Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicada en la calle Villa nueva, El palito, Municipio Marcano, Estado nueva Esparta, donde describen detalladamente dicho lugar y los elementos de interés criminalísticas recabados como lo son dos armas de fuego, una tipo revolver, marca Tauros Forjas, calibre 38, serial PH429406, y una escopeta sin seriales ni marcas visibles.

40.- ENTREVISTA rendida por la ciudadana IRISMAR JOSEFINA LEON CARREÑO, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual entre otras cosas manifestó: “siendo aproximadamente las 06: 00 horas de la tarde del día del hoy….una comisión…solicitando mi colaboración, en el sentido de que los acompañara a un terreno baldío que se encuentra cerca de mi vivienda…los acompañé…lograron encontrar un arma de fuego pequeña y otra mas grande parecida a una escopeta…”

41.- ENTREVISTA rendida por el ciudadano RICHARD ANTONIO MONTANER LEON, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual este ciudadano manifestó: “… una comisión..Nos dijeron a mi mamá y a mi, que los acompañáramos a un terreno baldío que está cerca de la casa, ….lograron encontrar debajo de una bolsa de basura un revolver 38mm con cacha de color negro y una escopeta con cacha de color marrón…”

42.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA NUMERO 9700-159-062, DE FECHA 28/02/2012, PRACTICADO AL CADÁVER DE: ENRIQUE JOSÉ MELCHOR, suscrito por el Médico Anatomopatólogo Forense Dra. FANNY DIAZ DIAZ, adscrito al Departamento de Ciencias Forenses de Porlamar, donde deja constancia que dicho cadáver presentó tres (03) heridas producidas por el paso de proyectil disparados por arma de fuego de proyectil único, y la causa de muerte fue: “…LACERACIONES VISCERALES Y VASCULARES MÚLTIPLES COMO CONSECUENCIA DE HERIDAS POR ARMA DE FUEGO EN CRÁNEO, REGIÓN CERVICAL Y TORÁXICA…”

43.- PROTOCOLO DE AUTOPSIA NUMERO 9700-159-063, DE FECHA 28/02/2012, PRACTICADO AL CADÁVER DE: JONGER JOSE ANDRADE LEON, suscrito por la Médico Anatomopatólogo Forense Dra. FANNY DÍAZ DÍAZ, adscrito al Departamento de Ciencias Forenses de Porlamar, donde deja constancia que dicho cadáver presentó múltiples heridas lineales de bordes contusos-erosivos, irregulares con colgajos y exposición de fragmentos óseos, heridas producidas por el paso de proyectil disparados por arma de fuego de proyectil único, y la causa de muerte fue: “…LACERACIONES VISCERALES Y VASCULARES MÚLTIPLES COMO CONSECUENCIA DE HERIDAS POR ARMA DE FUEGO EN CRÁNEO, REGIÓN CERVICAL Y TORÁXICA…”

44.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, ANÁLISIS HEMATOLÓGICO NUMERO 9700-073-M-046, de fecha 10/04/2012, suscrita por la funcionaria YORALYS FERNANDEZ, Experto Profesional II, adscrita al Departamento de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia que las prendas de vestir sometidas a dicho estudio poseen manchas de aspecto pardo rojizo, que son de naturaleza hemática, especie humana y corresponden al grupo sanguíneo “A”.

45.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, ANÁLISIS HEMATOLÓGICO NUMERO 9700-073-M-047, de fecha 10/04/2012, suscrita por la funcionaria YORALYS FERNANDEZ, Experto Profesional II, adscrita al Departamento de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia que las prendas de vestir sometidas a dicho estudio poseen manchas de aspecto pardo rojizo, que son de naturaleza hemática, especie humana y corresponden al grupo sanguíneo “O”

46.- EXPERTICIA DE ANÁLISIS HEMATOLÓGICO NUMERO 9700-073-M-040, de fecha 28/02/2012, suscrita por la funcionaria YORALYS FERNANDEZ, Experto Profesional II, adscrita al Departamento de Criminalística del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia que los dos proyectiles provistos de blindajes, parcialmente deformado, al analizarlos físicamente poseen pequeñas costras de aspecto pardo rojizo de presunta naturaleza hemática.

47.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL, MECÁNICA Y DISEÑO NUMERO 9700-073-DC-357-B-202-12, de fecha 25/04/2012, suscrita por JESUS FARIAS y SERGIO MENDEZ, adscritos al Departamento de Criminalística, Área de Balística, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia haber sometido a análisis: “…A.- un arma de fuego del tipo revolver, marca TAURUS, calibre 38 Special, fabricado en BRASIL, … de orden PH429406; …B.- Un (01) arma de fuego del tipo ESCOPETA, de fabricación clandestina, sin marca ni serial aparente, acepta cartuchos calibre 12…C.- Seis (06) balas para armas de fuego, tipo revolver, calibre .38 special…CONCLUSIONES: Realizada la Comparación Balística solicitada dio como resultado POSITIVO, es decir los dos (02) proyectiles suministrado como extraídos del cadáver del ciudadano JONGER JOSE ANDRADE LEON, segunda cadena de custodia numero 166, y el proyectil suministrado como extraído del cadáver del ciudadano ENRIQUE JOSE MELCHOR, según cadena de custodia numero 165 enviado a este Departamento…fueron disparados por el arma de fuego descrita en la presente experticia….”

48.- EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL NUMERO 9700-073-DC-193-B-122-12, de fecha 29/02/2012, suscrita por SERGIO MÉNDEZ, adscritos al Departamento de Criminalística, Área de Balística, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual deja constancia haber sometido a análisis: “…A.- Dos (02) proyectiles que originalmente conformaban el cuerpo de balas, para armas de fuego, calibre.38….CONCLUSIONES: 1.- Realizada la comparación balística solicitada, dio como resultado POSITIVO, es decir, dos (02) proyectiles suministradas fueron disparados por una misma arma de fuego…”

Ahora bien, luego del estudio y análisis de las actuaciones que conforman la presente investigación, esta operadora judicial considera que existe la perpetración de un hecho punible que merece pena privativa de libertad como es en este caso la presunta comisión de los delitos de COMPLICIDAD EN EL HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal en relación con el articulo 84 numeral 3 ejusdem, y COMPLICIDAD EN EL ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal vigente para este momento procesal, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, y donde las mencionadas ciudadanas, aparecen como presuntas autores de tal delito.

DISPOSITIVA

POR LAS RAZONES QUE ANTECEDEN DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 250 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, ES POR LO QUE ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, RESUELVE ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: DECRETA ORDEN DE APREHENSION N°. 30 al ciudadano JOSE VICENTE GUILARTE REYES, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-17.417.304, por la presunta comisión de los delitos de COMPLICIDAD EN EL HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal en relación con el articulo 84 numeral 3 ejusdem, y COMPLICIDAD EN EL ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo en relación con el articulo 84 numeral 3 del Código Penal vigente para este momento procesal, de conformidad con los ordinales 1°, 2° y 3° del artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal y ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Devuélvase la presente solicitud con sus resultas al Ministerio Público y déjese copia para el archivo del Tribunal. Se Ordena Proveer lo conducente. Publíquese, Regístrese, déjese copia. Así se Decide. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03


Dra. LISSELOTTE GOMEZ URDANETA
LA SECRETARIA


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA



4:27 PM