REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, cuatro (04) de julio de dos mil doce (2012).-
Años: 202º y 153º


ASUNTO: OP02-L-2012-000141


Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha veintiséis (26) de junio de dos mil doce (2012), y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda en fecha tres (03) de julio de dos mil doce (2012), por la abogada ANA MARIA SIERRALTA ROMANCHUK inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 42.820, en su carácter de apoderada judicial de la empresa BUSHIDO DELI & SUSHI BAR, C.A., constante de ocho (08) folios útiles y un (01) anexo, los cuales se ordena agregar a los autos, en consecuencia se ordena remitir el presente asunto al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Librase oficio correspondiente. Cúmplase.-
LA JUEZA,


Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.-

LA SECRETARIA,


ESV/eg