REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, tres (03) de febrero de dos mil doce (2012).
Años: 201º y 152º
ASUNTO: OP02-L-2011-000326
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha veinticuatro (24) de enero de dos mil doce (2012), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda, por los Abogados PEDRO BARBELLA y HONEY PÉREZ, inscritos en el Impreabogado bajo los Nros. 82.742 y 65.557, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil “PROMOCIONES RECREATIVAS VENEZOLANAS (PREVECA); constante de nueve (09) folios útiles sin anexos; en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
LA JUEZ.,
Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.
LA SECRETARIA,
GMC/yvs.-