REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 10 de Febrero de 2.012.
200° y 152°
Visto la diligencia de fecha 8-2-2.011, suscrito por el abogado RUBEN LORENZO GONZALEZ, en su carácter de apoderado actor, donde solicita se deje sin efecto el cartel de citación librado en fecha 30-1-2.012, por cuanto los datos de identificación de la parte demandada se encuentran incompletos. En consecuencia, este Tribunal, por cuanto de la revisión del cartel librado en fecha 30 de enero de 2.012, se observa, que solo se identificó a la parte demandada INVERSIONES ADIDAMO, C.A., con los datos de modificación de su registro mercantil, por lo que, este Tribunal, en arras de una sana administración de justicia, de mantener la celeridad procesal y el derecho a la defensa consagrados en nuestra carta magna, y verificado del error material involuntario cometido, de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, revoca por contrario imperio el auto y cartel librado por este Tribunal en fecha 30-1-2.012, y orden librar un nuevo cartel de citación a los fines de proceder con la citación de la parte demandada. ASÍ SE ESTABLECE.
LA JUEZ PROVISORIA,
DRA. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. NEIRO MARQUEZ MORA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el anterior auto. Conste.
EL SECRETARIO,
ABG. NEIRO MARQUEZ MORA.
Exp. Nro. 24.524.
CBM/NNM/Pg.