REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, diez (10) de febrero de dos mil doce (2012).-
Años: 201º y 152º


ASUNTO: OP02-L-2011-000481


Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha dos (02) de febrero de dos mil doce (2012), y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda, en fecha nueve (09) de febrero de dos mil doce (2012), por el Abogado TOMÁS GÓMEZ ORDAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 112.478, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa “COMERCIAL QUIMAR, C.A”., constante de tres (03) folios útiles el cual se ordena agregar a los autos; en consecuencia se ordena remitir el expediente al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que corresponda, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el correspondiente Oficio de Remisión. Cúmplase.-
LA JUEZA,


Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.-

LA SECRETARIA,




ESV/yi.-