REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
201° y 152°
ASUNTO: OP02-J-2011-001605.
SOLICITANTE: ALBERTO ALÍ RODRÍGUEZ
MOTIVO: SOLICITUD DE AUTORIZACION JUDICIAL.
Revisada como ha sido el contenido de la solicitud presentada por el ciudadano ALBERTO ALÍ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.999.918, asistido de la Abg. Yetzabeth Guerra Marcano, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 55.405, mediante la cual ocurre ante esta autoridad para solicitar Autorización para ceder a su hija (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), de 04 años de edad, todos los derechos y acciones que le corresponden sobre el inmueble constituido por un lote de terreno ubicado en el sitio conocido como Los Bellos hoy Los Vásquez, jurisdicción del Municipio Tubores del estado Nueva Esparta, cuyos linderos y demás determinaciones se especifican en el documento de propiedad el cual fue protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Díaz del estado Nueva Esparta, en fecha 13.10.2010, bajo el Nro. 24, Tomo 2, Protocolo Primero, Folios 160 al 165, Cuarto Trimestre del referido año. Ahora bien, analizadas como han sido las pruebas aportadas en autos, a las cuales se les otorga Pleno Valor Probatorio y garantizado como ha sido el Derecho a Opinar y ser Oído a la niña en referencia, conforme lo establecido en el Artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y en virtud de que lo peticionado por el precitado ciudadano resulta favorable a la niña en referencia, debido a que incrementa su patrimonio, en consecuencia esta Jueza considera procedente y ajustado a derecho la Solicitud presentada por el ciudadano ALBERTO ALÍ RODRÍGUEZ, en consecuencia, cumplidos como han sido los extremos previstos en nuestro ordenamiento jurídico, es por lo que esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley y de conformidad con lo establecido en el literal “e” del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por el ciudadano ALBERTO ALÍ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.999.918, asistido de la Abg. Yetzabeth Guerra Marcano, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 55.405, en beneficio de su hija (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA). Así se Establece.
SEGUNDO: Se AUTORIZA al ciudadano ALBERTO ALÍ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.999.918, para que CEDA A SU HIJA (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), quien estará Representada en dicha negociación, por su madre la ciudadana LISBETH ELISMAR LADERA MILANO, titular de la cédula de identidad Nro. 13.375.784, todos los derechos y acciones que le corresponden sobre el inmueble constituido por un lote de terreno ubicado en el sitio conocido como Los Bellos hoy Los Vásquez, jurisdicción del Municipio Tubores del estado Nueva Esparta, cuyos linderos y demás determinaciones se especifican en el documento de propiedad el cual fue protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Díaz del estado Nueva Esparta, en fecha 13.10.2010, bajo el Nro. 24, Tomo 2, Protocolo Primero, Folios 160 al 165, Cuarto Trimestre del referido año. En consecuencia, queda autorizada la precitada ciudadana para que en nombre y representación de su hija suscriba los documentos correspondientes por ante los organismos competentes en los cuales se les ceden dichos derechos y acciones a su hija Crismar del Valle rodríguez Ladera. Así se Decide.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los 30 días del mes de enero de dos mil doce (2012) Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza

Abg. Liz Verónica López Morales
La Secretaría,

Abg. Joana Rodríguez López.