REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, trece de diciembre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : OP02-V-2012-000315
Partes: YOANA ARCON titular de la cédula de identidad N° V-14.522.621 contra el ciudadano JOSE DOMINGO SERRA titular de la cédula de identidad N° V-8.394.387.

Motivo: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN (Desistido)


En el día de hoy, 13-12-2012 , siendo las 10:30 am oportunidad para que tenga lugar el inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 473 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud de fijación de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana YOANA ARCON titular de la cédula de identidad N° V-14.522.621 contra el ciudadano JOSE DOMINGO SERRA titular de la cédula de identidad N° V-8.394.387 en beneficio de la adolescente ALEJANDRA de 12 años de edad. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil ALEXANDER RADA, NO habiéndose constatado NINGUNA DE LAS PARTES, se constituyen en el Despacho del Tribunal Quinto de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la Jueza Liz Verónica López y la secretaria Yiseida Mora. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil JOSE LEONARDO MORENO se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy. En virtud de la incomparecencia de la demandante YOANA ARCON titular de la cédula de identidad N° V-14.522.621 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana YOANA ARCON titular de la cédula de identidad N° V-14.522.621 contra el ciudadano JOSE DOMINGO SERRA titular de la cédula de identidad N° V-8.394.387 y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría.
No hay condenatoria en costas.

Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los trece (13) días del mes de diciembre del año 2012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza


Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Yiseida Mora
En la misma fecha, siendo las11:25 am se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg Yiseida Mora