REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, dieciocho (18) de abril de dos mil doce (2012).-
Años: 201º y 153º

ASUNTO OP02-L-2012-000008

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha diez (10) de abril de dos mil doce (2012), y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda, en fecha dieciséis (16) de abril de dos mil doce (2012), por el Abogado ADELINO ALVARADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 0345, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa demandada “SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A”., constante de dieciocho (18) folios útiles; en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que corresponda, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el correspondiente Oficio de Remisión. Cúmplase.-
LA JUEZA,



Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.



LA SECRETARIA,



GMC/yi.-