REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, trece de abril de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: OP02-L-2011-000721
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha 03 de abril de 2.012, y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda, en fecha 09 de abril de 2.012, por el Abogado ALFREDO CHERUBINI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 120.155, en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa CORPORACIÓN GRALIA 2005-A, C.A., constante de tres (03) folios útiles; en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo que corresponda, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el correspondiente Oficio de Remisión. Cúmplase.-
La Jueza,
Dra. Gricelda Martínez Cedeño.
La Secretaria,
Abg.
GMC/jrm.-