REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA


Expediente N° 392-12

I. IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
A) SOLICITANTES: MARIA NATIVIDAD SUAREZ DE TORTABU, MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, EFRAIN MANUEL TORTABU SUAREZ, MARIANGEL ELENA TORTABU RAMOS y LUIS ENRIQUE TORTABU RAMOS ABOGADO ASISTENTE: MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro 121.403
MOTIVO DE LA SOLICITUD: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

BREVE RESEÑA DEL PROCESO:

Mediante sorteo de fecha, 11-04-2012, realizado en este Juzgado Distribuidor de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, correspondiéndole a este Juzgado conocer de la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos as ciudadanas MARIA NATIVIDAD SUAREZ DE TORTABU, MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, EFRAIN MANUEL TORTABU SUAREZ, MARIANGEL ELENA TORTABU RAMOS y LUIS ENRIQUE TORTABU RAMOS, antes identificados asistidos por la abogada MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 121.403.
Narran las solicitantes en su condición de cónyuge e hijos del De Cujus ciudadano EFRAIN RAFAEL TORTABU GONZALEZ, quien para el momento de su fallecimiento era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V. 4.051.974, profesión profesor, administrador de nacionalidad, residenciado en la calle 6 Urbanización la Arboleda Municipio Mariño en el Hospital Luís Ortega de Porlamar, a consecuencia de “SINDROME HEPATORENAL HEMORRAGIA DISGESTIVA SUPERIOR ANEURISMA MEDULAR” y que dejo cuatro (4) hijos de nombres, MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, EFRAIN MANUEL TORTABU SUAREZ, MARIANGEL ELENA TORTABU RAMOS y LUIS ENRIQUE TORTABU RAMOS, identificadas con las cédulas de identidad Nros V.-13.192.702, V14.543.919, V.- 15.290.399 y V.-15.290.400, respectivamente, así como también su cónyuge de nombre MARIA NATIVIDAD SUAREZ DE TORTABU, identificada con la cédula de identidad Nro V.- 4.051.621, y que no dejo ninguna otra descendencia ni legitima ni natural tal y como se evidencia en el acta de defunción anotada en los libros del Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, bajo el Nro 264, el cual se encuentra inserto en el libro correspondiente de defunción, que para fines que les interesa, solicitan se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, directos de su causante ciudadano EFRAIN RAFAEL TORTABU GONZALEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Comparecen los ciudadanos MARIA NATIVIDAD SUAREZ DE TORTABU, MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, EFRAIN MANUEL TORTABU SUAREZ y MARIANGEL ELENA TORTABU RAMOS y LUIS ENRIQUE TORTABU RAMOS asistidos por la abogada MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, bajo el Nro. 121.403, consignan los recaudos correspondientes.-
El Tribunal admite la presente solicitud, ordena la evacuación de los ciudadanos testigos MIREYA PILAR SUAREZ DE FRANCO y ESTHER DEL VALLE DOMINGUEZ REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V.-8.383.130 y V.-8.393.467 respectivamente, se fija el segundo (2do) día de despacho siguiente al de hoy a fin de interrogar a los ciudadanos testigos presentados por las solicitantes.-
Vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos promovidos por los solicitantes ciudadanos MIREYA PILAR SUAREZ DE FRANCO y ESTHER DEL VALLE DOMINGUEZ REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-8.383.13 y V.-8.393.467, respectivamente, quienes en sus deposiciones aparecen serios y contestes al aseverar, que conocen de vista trato y comunicación y que de igual forma conocieron al de Cujus ciudadano EFRAIN RAFAEL TORTABU GONZALEZ, quien en vida era padre de los ciudadanos MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, EFRAIN MANUEL TORTABU SUAREZ, MARIANGEL ELENA TORTABU RAMOS y LUIS ENRIQUE TORTABU RAMOS y cónyuge ciudadana MARIA NATIVIDAD SUAREZ DE TORTABU, que del estudio y análisis de las deposiciones de los referidos testigos, las cuales se aprecian y se les da valor probatorio, establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.-
En virtud de lo antes expuesto se desprende y está demostrado el derecho que las solicitantes alegan, en consecuencia este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia Social en nombre de la República Boliviana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, declara a los ciudadanos MARYORIS ELENA TORTABU SUAREZ, EFRAIN MANUEL TORTABU SUAREZ, MARIANGEL ELENA TORTABU RAMOS y LUIS ENRIQUE TORTABU RAMOS y cónyuge ciudadana MARIA NATIVIDAD SUAREZ DE TORTABU, plenamente identificados en autos, como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su causante EFRAIN RAFAEL TORTABU GONZALEZ.
Tómese nota de este decreto en el Libro Diario y devuélvanse originales de estas actuaciones a las interesados.-
Regístrese, Publíquese y Déjese copia certificada de todo lo actuado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En la ciudad de Porlamar, a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2.012, Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez,


Dr. Juan José Anuel Valdivieso


La Secretaria

Abg. Yanette González González
En esta misma fecha, (27-04-2012), siendo las 12:30 pm se publicó la anterior sentencia. Conste.-
La Secretaria,


Abg. Yanette Gónzalez González
Exp.392-12
JJAV/YGG/ttp.-