REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, treinta de abril de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: OP02-V-2012-000100
PARTES: YADIRA NORELKYS PERDOMO DURAN titular de la cédula de identidad N° V-11.940.565 contra el ciudadano DOUGLAS ALBERTO ACHE ROJAS titular de la cédula de identidad N° V-10.888.240.
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCIÓN (Desistido)
En el día de hoy, 30-04-2012, siendo las 11:00 am oportunidad para que tenga lugar el inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana YADIRA NORELKYS PERDOMO DURAN titular de la cédula de identidad N° V-11.940.565 contra el ciudadano DOUGLAS ALBERTO ACHE ROJAS titular de la cédula de identidad N° V-10.888.240 en beneficio de la niña (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), de siete (07) años de edad. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil José Leonardo Moreno, habiéndose constatado SOLO la presencia de la parte demandada a través de su apoderada judicial, abogada MARYORIS TORTABU, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 121.403 y por la parte actora la defensora pública MARIA CELESTE DE CASTRO, se constituyen en el Despacho del Tribunal Quinto de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la Jueza Liz Verónica López y la secretaria Joana Rodríguez . En virtud de la incomparecencia de la demandante YADIRA NORELKYS PERDOMO DURAN titular de la cédula de identidad N° V-11.940.565 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana YADIRA NORELKYS PERDOMO DURAN titular de la cédula de identidad N° V-11.940.565 contra el ciudadano DOUGLAS ALBERTO ACHE ROJAS titular de la cédula de identidad N° V-10.888.240 , y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los treinta (30) días del mes de abril del año 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Joana Rodriguez
En la misma fecha, siendo las12:00 m se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg. Joana Rodríguez
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