REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciocho (18) de octubre de dos mil once (2011)
Año: 201º y 152º

ASUNTO: OP02-L-2011-000121

Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar en fecha siete (07) de octubre de dos mil once (2011), y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda por la Abogada en ejercicio BEATRIZ PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 54.263, en su carácter de Apoderada Judicial de la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO NUEVA ESPARTA ( CORPOSALUD ); constante de cuatro (04) folios útiles sin anexos; en consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
LA JUEZA.,




Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.




LA SECRETARIA,



GMC/lv.-