REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

Porlamar, 03 de octubre de 2011.
200° y 152°

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 28-09-2011, el cual riela al folio cincuenta y uno (51), del presente expediente, suscrito por el abogado en ejercicio LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 123.371, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS BAUTISTA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.708.690, actuando en su carácter de Director de la SOCIEDAD MERCANTIL FRUTERÍA LA PAZ L & L, C.A., la cual esta debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 17, Tomo 70-A, Anexo A, en fecha 23-12-2009; en el presente juicio por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN). Este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, conforme a lo dispuesto en los artículos 263, 265, 266 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y se procederá como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. Se da por terminado el presente Juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.
EL JUEZ,



Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA,



ABG. MARÍA MARCANO RODRÍGUEZ
LJIU/ MAM.-
EXP.11-2892.-