REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, catorce de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: OP02-V-2011-000603
PARTES: NOEMY ESTHER AMUNDARAY DE FAJARDO y JUAN FRANCISCO FAJARDO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.307.592 y V-.8.398.396.
MOTIVO: Colocación en Familiar
BENEFICIARIA: (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA) de seis (06) años de edad
Revisada la presente demanda con motivo de Colocación en Familiar, presentada por la Defensoria de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, por requerimiento de los ciudadanos NOEMY ESTHER AMUNDARAY DE FAJARDO y JUAN FRANCISCO FAJARDO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.307.592 y V-.8.398.396 respectivamente, En consecuencia, este Despacho Judicial dicta MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACIÓN en el hogar de los ciudadanos NOEMY ESTHER AMUNDARAY DE FAJARDO y JUAN FRANCISCO FAJARDO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.307.592 y V-.8.398.396 respectivamente, en beneficio de la niña (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA) de seis (06) años de edad, conforme a lo establecido en el Articulo 466, Parágrafo Primero, literal “e” de la Ley Especial, en concordancia con el Artículo 397-C respectivamente, debiendo indicársele a los ciudadanos NOEMY ESTHER AMUNDARAY DE FAJARDO y JUAN FRANCISCO FAJARDO RAMOS la atribución que le está conferida conforme al Artículo 398 de la Ley de marras, para lo cual líbrese constancia.
No hay condenatoria en costas. Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los catorce (14) días del mes de octubre del año 2011. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López M La Secretaria
Abg. Maria Millán
En la misma fecha, siendo las 2:00 pm se agrega a las actas la presente sentencia. Conste.
La Secretaria
Abg Maria Millán
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