Devueslta cumplida al Tribunal de la causa mediante Oficio Nro. 279-11, de fecha 15-11-2011, constante de Once (119 folios útiles al Juzgado de la Causa.-
ACTA DE TRASLADO
En esta fecha Catorce (14) de Noviembre de Dos Mil Once, siendo las Diez Antes Meridiem, previa habilitación del tiempo necesario, oportunidad señalada por este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo, Gómez, Marcano y Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para tener lugar la práctica de la Entrega Material, decretada y ordenada en comisión por el Juzgado del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en el juicio seguido por la Sociedad Mercantil GRAN PODER C.A, contra la ciudadana ENNA ELISA PANAMEÑO, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se traslado el Tribunal en compañía de la apoderada judicial de la parte actora Doctora Maghielys Velásquez Gadea, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el número 118.699; de una comisión policial al mando del Oficial agregado Michael Alexander Rada Narváez identificado con la cédula de identidad Nro. V-17.654.965, y se constituyó en un inmueble constituido por un Local Comercial signado con el número letra B-08, ubicado en la Planta Baja del Edificio Pasaje Issa, Calle Jesús Rafael Leandro de la ciudad de Juangriego, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta alinderado de la siguiente manera: Norte: Pasillo de circulación y local 6-A; Sur: Fachada sur del edificio; Este: Cuarto de sistema de bombas hidroneumática; y Oeste: Local 9-B propiedad de la Sociedad Mercantil Gran Poder C.A. Constituidos en dicho sitio se abrió el acto, y se encontraba presente la ciudadana Enna Elisa Panameño Angulo, identificada con la cédula de identidad Nro. V- 21.326.923, en su carácter de demandada a quien se le notificó de la misión del Tribunal, previa lectura del exhorto que encabeza las presente actuaciones, quien manifestó llevarse sus pertenencias bajo su cuenta y riesgo, suministrándole el Tribunal el transporte para el traslado de los mismos. En este estado, la apoderada judicial de la parte actora Dra. Maghielys Velásquez Gadea antes identificada, expone: Respetuosamente solicito del Tribunal, me efectué la entrega material real y efectiva del bien inmueble constituido por el Local Comercial antes descrito, y así mismo se fije el correspondiente cartel. Es todo. Visto lo expuesto por la apoderada judicial de la parte actora El Tribunal hace formal entrega material del inmueble en el que nos encontramos constituidos, suficientemente descrito en la presente acta y anteriormente señalado, y lo pone en posesión de la parte ejecutante la Sociedad Mercantil Gran Poder C.A; en la persona de su apoderada judicial Dra. Maghielys Velásquez Gadea, quien lo recibe conforme libre de personas y bienes. Se ordena fijar el correspondiente cartel de notificación en la puerta principal de dicho inmueble. Terminado el acto del Traslado y cumplida la misión del Tribunal, acuerda regresar a su sede natural, siendo la Tres y Treinta Post-Meridiem. Terminó se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. NEIDA GONZALEZ LOPEZ.
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,
POR LA COMISION POLICIAL
LA DEMANDADA NOTIFICADA
LA SECRETARIA TITULAR,
En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme esta ordenado. Conste.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR.
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