REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
Pampatar, 21 de noviembre de 2011.
201º y 152º

Vista la diligencia suscrita en fecha 11 de noviembre de 2011 por la cual la ciudadana VIVIAN MEYS, de nacionalidad inglesa, mayor de edad, identificada con el pasaporte nro. 707559537, asistida por la Abogada en ejercicio CARMEN ROZKIEWICZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la Cédula de identidad nro. V-3.187.086 e inscrita en el Inpreabogado bajo el nro.55.835, actuando en su carácter de parte actora; mediante la cual desiste del procedimiento de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentado en contra del fondo de Comercio DELIDONAS, E.L., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 27 de octubre del año 2008, anotada bajo el nro. 9, Tomo 143 de los Libros de Autenticaciones llevados por ante la referida Oficina. Por cuanto el desistimiento fue efectuado antes de la contestación de la demanda, no siendo necesario el consentimiento de la parte contraria, este Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Por cuanto se observa, que en la presente causa no existen otras actuaciones procesales que practicar, se ordena el archivo del expediente, para lo cual se acuerda su remisión a la Oficina de Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fines de su custodia.- Cúmplase.-
Dr. José Gregorio Pacheco,


Juez Prov. Del Municipio Maneiro.-
El Secretario,


Pedro Miguel Gómez Millán.-
Sentencia Interlocutoria Nro.11-895.-
EXP. 2011-1989.-
Pedro.