JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
Porlamar, 28 de Noviembre de 2011.
201° y 152°

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano EDUARDO ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.333.599, actuando en este acto en su condición de Director de la Sociedad Mercantil NABIL INVERSIONES C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta en fecha 07 de Diciembre de 2007, anotado bajo el Nro. 51, Tomo 73-A, debidamente asistido por el Abogado Luis Gabriel Romero Gavidia, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.371, en el cual DESISTE del presente procedimiento. Asimismo solicita le sean devueltas facturas originales que corren insertos a los autos. Este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO, conforme lo establecido en el artículo 263 del Código de procedimiento Civil. Igualmente se ordena devolver las facturas originales, dejando en su lugar copia certificadas de las mismas. Todo con motivo del juicio seguido por la SOCIEDAD MERCANTIL NABIL INVERSIONES C.A, contra SOCIEDAD MERCANTIL BINGO LAS VEGAS C.A por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN). Cúmplase.
El Juez,



Dr. Juan José Anuel Valdivieso

El Secretario Temporal,


Abg. Wilian R. Rodríguez León


Exp. 1.159-1
JJAV/mmcg/wrr.-