REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 28 de Noviembre de 2011
201º y 152º


ASUNTO PRINCIPAL : OP01-D-2011-000079
ASUNTO : OP01-D-2011-000079



AUTO DE EJECUCIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, de fecha 19-10-11, dictada en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Nº ……….., natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, de dieciséis (16) años de edad, nacido en fecha 22-04-1994, de profesión u oficio Barbero, Residenciado en la Avenida Terranova, edificio en el primer piso, jurisdicción del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, hijo de los ciudadanos Daysi Margot Torres y Carlos Mujica Por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 9, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, y sancionado en el artículo 529 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Sentencia mediante la cual sancionó al adolescente con la medidas de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, consistente en: 1) Deberá trabajar o estudiar y consignar la correspondiente constancia ante el Tribunal de ejecución; cada tres (03) meses y 2) Se prohíbe permanecer fuera de su domicilio después de las 07:00 de la tarde salvo que se encuentre trabajando o estudiando o en compañía de su representante legal y lo justifique así ante le tribunal de ejecución y LIBERTAD ASISITIDA, consistente en la obligación de someterse cada quince (15) días a la supervisión, asistencia y orientación ante los Servicios Auxiliares por parte de los profesionales adscritos a los departamentos de Psicología y Trabajo Social mensualmente, En consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, procede a ejecutar la mencionada Sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que le da la Competencia al Juez de Ejecución de controlar el cumplimiento de las medidas impuestas al adolescente, de resolver las cuestiones o incidencias que se susciten durante la ejecución y para controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por esta Ley; Así como lo establecido en el artículo 647 literal “a” Ejusdem, que establece las funciones y atribuciones del Juez de Ejecución en la ejecución de las medidas, y lo hace en los siguientes Términos: UNICO: Impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA las sanciones de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, consistente en: 1) Deberá trabajar o estudiar y consignar la correspondiente constancia ante el Tribunal de ejecución; cada tres (03) meses y 2) Se prohíbe permanecer fuera de su domicilio después de las 07:00 de la tarde salvo que se encuentre trabajando o estudiando o en compañía de su representante legal y lo justifique así ante le tribunal de ejecución y LIBERTAD ASISITIDA, consistente en la obligación de someterse cada quince (15) días a la supervisión, asistencia y orientación ante los Servicios Auxiliares por parte de los profesionales adscritos a los departamentos de Psicología y Trabajo Social mensualmente, Cítese al adolescente sancionado ampliamente identificado en autos junto a su defensa pública, para el día, 08-12-2011 a las 9:45 horas de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público. Ofíciese a Transito terrestre. Regístrese. Diarícese. Déjese copia certificada del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN,
LA SECRETARIA,

Dra. Isabel Asunta Pannaci

Abg. Gianni Velásquez

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,

Abg. Gianni Velásquez
1:27 PM