REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, treinta y uno (31) de marzo de dos mil once (2011).
Años: 200º y 152º
ACTA DE AUDIENCIA
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2010-000615
PARTE ACTORA: GEMAY RAMIRO FIESGERALI SARMIENTO MARTINEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARSENIA G. DE PALMA, SIMÓN EDUARDO PALMA AVILÁN
PARTE DEMANDADA: CIRSA CARIBE C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LOIDA MARCANO DE DÍAZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, treinta y uno (31) de marzo de dos mil once (2011), siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (09:45 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el N° OP02-L-2010-000615, se constituye el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por el Juez EUCLIDES SALAZAR MATA, con la asistencia de la Secretaria Abogada PAULA DÍAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja expresa constancia de que no compareció al acto ninguna de las partes, ni por sí, ni por apoderado judicial alguno, para la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y regístrese la presente decisión. Años 200° y 152 °.
EL JUEZ.,
DR. EUCLIDES SALAZAR MATA.-
LA SECRETARIA
ESM/rdr.-
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