REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
La Asunción, 21 de marzo de 2011
197º y 148º
Vista la diligencia de fecha 15-03-2011, suscrita por el abogado MARCELO ESPINOSA CRUZ, con el carácter que tiene acreditado en los autos, mediante la cual manifiesta que en vista de que la parte demandada no apeló de la decisión recaída en la presente causa, solicita la ejecución voluntaria de la misma, este Tribunal a los efectos de pronunciarse observa que la decisión objeto de la solicitud de ejecución fue pronunciada dentro de la oportunidad legal, y por auto de fecha 18-01-2011 se procedió a efectuar la notificación del demandado para que se diera por enterado de la estimación de los honorarios profesionales efectuada por el intimante; sin embargo aun no se ha cumplido con la intimación del ciudadano HANS GEORG KRAUS, para que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes al cumplimiento de esa formalidad se acojiera o no al derecho de retasa consagrado en el artículo 22 de la Ley de Abogados, tal y como se estableció en el punto tercero de la parte dispositiva del fallo emitido 26 de julio de 2010.
Estas circunstancias conllevan a rechazar la solicitud de ejecución formulada y exhortar al diligenciante para que gestione lo conducente a los efectos de que en estricto cumplimiento a lo ordenado en el referido fallo se cumpla con la intimación del ciudadano antes mencionado.
LA JUEZA TITULAR,

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ

JSDC/CF/cma
EXP: Nº 10.329-08