REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veintinueve (29) de junio de dos mil once (2011).
Años: 201º y 152º
ASUNTO: OP02-L-2011-000118
Visto que concluida la audiencia preliminar en fecha veinte (20) de junio de dos mil once (2011), y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda en fecha 28-06-2011, por el Abogado LEONARDO ALBERTO MÁRQUEZ BALBAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 45.168, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa demandada SERVICIOS ISCAR, COMPAÑÍA ANÓNIMA, constante de nueve (09) folios útiles con veinticuatro (24) folios anexos, se ordena remitir el expediente constante de ciento sesenta y seis (166) folios útiles; al Tribunal de Juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, revisadas como han sido las actas del presente expediente, se ha verificado un error involuntario en la foliatura del mismo, en consecuencia, este Juzgado ordena la corrección de los folios que conforman el expediente a partir del folio número ciento veintinueve (129) exclusive. Cúmplase.-
EL JUEZ.,
Dr. FIDEL HERNÁNDEZ.
LA SECRETARIA.
FH/ldm.-