REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, dos (02) de junio de dos mil once (2011).-
201º y 152º
ASUNTO Nº OP02-L-2009-000376
Visto que concluida la audiencia preliminar en fecha 24 de mayo de 2011, y consignado como ha sido los escrito de contestación de la demanda por la representación Judicial de la CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO NUEVA ESPARTA y de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2009-000376, constante de (129) folios útiles, junto con cuadernos separados de Inhibición signados con los números OH01-X-2010-000031, constante de (15) folios útiles, OC01-X-2010-000025, constante de (08) folios útiles y OC01-X-2009-000011, constante de (09) folios útiles, así como Recurso de Apelación Nº OP02-R-2009-000063, constante de (57) folios útiles, al Tribunal de Juicio competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ


Dra. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.



LA SECRETARIA.






GMC/jmf.-