REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

En horas de despacho del día de hoy, dieciséis (16) de junio del año dos mil once (2011), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia probatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 212 de la Ley de Reforma Parcial de Tierras y Desarrollo Agrario, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN COMPRA-VENTA (DECLINATORIA DE COMPETENCIA) sigue el ciudadano JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ MARCANO contra el ciudadano JAVIER JOSÉ ROSALES, acordada por acta de fecha 01.06.11. Se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal en la forma de Ley, dejándose constancia que no se hizo presente ninguna de las partes intervinientes en este juicio. Este Tribunal en virtud de la falta de comparecencia de las partes a la audiencia de conformidad con lo establecido en el artículo 223 de la referida Ley de Reforma Parcial de Tierras y Desarrollo Agrario, en concatenación con el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil declara extinguido el presente proceso. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS
LA SECRETARIA,

Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/nv
Exp. Nro. 11.219-11