REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciséis de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: OP02-L-2011-000280

Vista la diligencia de fecha 14 de junio de 2.011, suscrita por la Abg. Yoceidan Valera López, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.451, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CRUZ MARY SALAZAR, parte actora en la presente causa, mediante la cual Desiste de la presente Acción y del Procedimiento, por lo que solicita sea Homologado dicho Desistimiento. En consecuencia, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la representación judicial de la parte actora, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido, da por concluida la presente causa y ordena el archivo del expediente en su debida oportunidad. Y así se decide.-

La Juez


Dra. Elida Suárez Velásquez

La Secretaria
Abg.
ESV/jrm.-