REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 4

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 12 de Julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2011-004665
ASUNTO : OP01-P-2011-004665

IDENTIFICACION DE LAS PARTES.

IMPUTADO: JOSE IGNACIO CARDOZO SANCHEZ, natural de Porlamar, de nacionalidad venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.414.511, nacido en 20-02-1992, de 19 años de edad, soltero, de profesión u oficio ayudante cocina, residenciado en Los Olivos, del Piache, casa s/n de color azul, Porlamar, Municipio Mariño de este estado.

MINISTERIO PÚBLICO: DR. OBEL MORENO, fiscal Auxiliar Tercero.

DEFENSORA PÚBLICA PENAL. DRA. CORALID JARAMILLO,

Celebrada la audiencia de presentación y oídas como han sido las partes y vistas las presentes actuaciones, en las cuales el Ministerio Público imputó al detenido el delito de fuga, sin embargo se evidencia de las actas que el mismo se encuentra bajo el regimen especial de responsabilidad del adolescente de este Circuito Penal, en consecuencia este Tribunal Cuarto de Primera instancia en funciones de control del Circuito Judicial penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
UNICO: Por cuanto el ciudadano JOSE IGNACIO CARDOZO SANCHEZ, se encuentra requerido por el Tribunal de Ejecución Penal Adolescente por estar sancionado y cumpliendo la misma en el centro de Internamiento de Los Cocos, verificada como fue la información por la Juez del Tribunal que lo requiere, este Tribunal se declara incompetente para conocer y declina la competencia en los Tribunales de la sección de Responsabilidad Penal de Adolescente y ordenó en el acto de la audiencia oral de presentación de imputado, oficiar lo conducente. Remítase las actuaciones. Ofíciese lo conducente, Remítase con oficio.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 04

DRA. JACQUELINE MARQUEZ


LA SECRETARIA