REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 4

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 12 de Julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2011-004408
ASUNTO : OP01-P-2011-004408


IDENTIFICACION DE LAS PARTES

IMPUTADOS: ELIO JOSE SALAZAR SALAZAR, Titular De La Cedula De Identidad Nº V- 16.826.031, Natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, De Profesión U Oficio Oficial de Seguridad en el Aeropuerto, Nacido en fecha 20-01-1980, de 31 Años de edad, Domiciliado en Las Hernández, Calle la Seiba, casa Nº 13, al lado del estadium, Municipio Tubores, Estado Nueva Esparta, Y FRANK ALEXANDER RODRIGUEZ MARIN Titular De La Cedula De Identidad Nº V- 14.543.262, Natural de Porlamar, Estado Nueva Esparta, De Profesión U Oficio Técnico en Aire Acondicionado, Nacido en fecha 31-03-1978, de 33 Años de edad, Domiciliado en Calle Principal Las Hernández, Sector El Yare, Casa Nº 74, de color rosada, Municipio Tubores, Estado Nueva Esparta.

MINISTERIO PÚBLICO: Dra. Lorena Lista, Fiscal Cuarto (A).

DEFENSA PRIVADA: Dr. William González.

Celebrada la Audiencia Oral de imputación y oídas como han sido las exposiciones de las partes, este Tribunal de Primera instancia en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, pasa a pronunciarse Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana y por Autoridad De La Ley, y lo hace en los siguientes términos:

PRIMERO: vista la solicitud de libertad plena, realizada por la Vindicta Pública, a favor de los detenidos, por cuanto consideró que nos encontrábamos en presencia de consumidores de droga, consideración con la cual está de acuerdo esta Juzgadora, tomando en consideración el resultado de las experticias correspondientes, este Juzgado declara la libertad plena del Ciudadano ELIO JOSE SALAZAR SALAZAR , de conformidad con lo establecido en el artículo 44, numeral 1ª y 49, numeral 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 1 del Código Penal, todo ello, en relación al presente caso en particular y concreto, En cuanto al Ciudadano FRANK ALEXANDER RODRÍGUEZ, este Tribunal le decreta la Libertad Plena en virtud de que la Fiscalia del Ministerio no imputo delito alguno en su contra.

SEGUNDO: Se acordó la destrucción de la droga incautada, de conformidad con el artículo 119 de la Ley Orgánica de Drogas.

TERCERO: En relación a la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público, relativa a las presentaciones del Ciudadano ELIO JOSE SALAZAR SALAZAR, por ante la sede de la Institución José Félix Rivas, esta Juzgadora acuerda la misma, a los fines de que se cumpla el procedimiento de evaluación medica, informes prico-psiquiatricos para el Tratamiento y rehabilitación del enfermo.

CUARTO: Vista la solicitud de la Representante del Ministerio Público, se ordena seguir el presente procedimiento por la Vía Ordinaria.

Se ordenó librar los correspondientes oficios. Notifíquese a las partes. Cúmplase.

LA JUEZ DE CONTROL N° 04

DRA. JACQUELINE MARQUEZ

LA SECRETARIA