REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
Tribunal Primero De Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta

La Asunción, 19 de julio de 2011
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2007-004138
ASUNTO : OP01-P-2007-004138


JUEZ: Abg. Manuel Enrique Guillen Cova
SECRETARIO: Abg. Luiggy Diaz
IMPUTADO: SIMON ENRIQUE FIGUERA MALDONADO, quien es Venezolano, Caracas Distrito Capital, en fecha 30-10-71, de 37 años de edad, soltero, Productor de Seguros, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.007.968, residenciado en Calle Luisa Cáceres de Arismnendi,. Residencias Playa El Ángel Country Club, Apartamento 302-A, Pampatar, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta
FISCAL: Abg. Brenda Maria Alviarez Paredes Fiscal Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
DEFENSA: Abg. Yanet Figueroa
DELITO: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal vigente.

Analizadas como han sido las Actas que conforman el presente Asunto Penal se observa inserto al folio Ciento Quince (115) oficio emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de fecha 01 de junio de 2009, donde consta que el imputado ha cumplido con el Régimen de Pruebas impuesto al acordarle la Suspensión Condicional del Proceso en fecha 15 de Octubre del 2008. Ahora bien analizado el presente asunto penal considera quien aquí decide que según lo estipulado en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, el ciudadano SIMON ENRIQUE FIGUERA MALDONADO, finalizó el Régimen de Prueba por Cumplimiento del lapso impuesto, dejándose constancia de haber procedido conforme a la tramitación contenida en el Código Orgánico Procesal Penal, y que es potestad de este Juzgador una vez finalizado el periodo antes señalado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3 ejusdem, extinguiéndose así la acción penal, en concordancia con los dispuesto en el numeral 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.

DECISIÓN

Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; PRIMERO: ACUERDA decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano SIMON ENRIQUE FIGUERA MALDONADO, quien es Venezolano, Caracas Distrito Capital, en fecha 30-10-71, de 37 años de edad, soltero, Productor de Seguros, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.007.968, residenciado en Calle Luisa Cáceres de Arismnendi,. Residencias Playa El Ángel Country Club, Apartamento 302-A, Pampatar, Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código orgánico Procesal Penal, extinguiéndose así la acción penal, de conformidad con los dispuesto en el numeral 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención a lo expuesto en el artículo 45 íbidem, y en consideración del contenido de las disposiciones previstas en los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se cumple con lo ordenado. Ofíciese a los Cuerpos de Investigación correspondientes. Remítanse las actuaciones al ARCHIVO en su debida oportunidad. Se instruye a la ciudadana Secretaria dar celeridad al presenta asunto. Cúmplase y Remítase.

El Juez

Dr. Manuel Enrique Guillen Cova



El Secretario

Abg. Luiggy Diaz